13/9/13

Dr. Fernado Gabriel Bellido (Argentina)

El juicio por jurados es caro

Dr. Fernando Gabriel Bellido
Juez Camarista

Extractos:
 
El juicio por jurado es caro porque a los doce integrantes del pueblo que van a juzgar con los seis suplentes hay que brindarles un lugar donde puedan estar y no contaminarse con influencia mediática, y van a perder de trabajar por lo que el Estado tendría que cubrir ese dinero.
 
 
Dr. Fernando Gabriel Bellido
Juez de la Cámara Penal de Morón - Bs. As. - Argentina
Presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de Morón
 
Radio Provincia
AM 1270 - FM 97.1
13 de septiembre de 2013

12/9/13

Sen. Alfredo Meckievi (Argentina)

Negativa a los juicios por jurados

Alfredo "Tati" Meckievi - Senador bonaerense

El 12 de septiembre de 2013 el Senado de la Provincia de Buenos Aires sancionó la nefasta y oscurantista ley de juicios por jurados. Sólo dos senadores tuvieron la solidez intelectual de oponerse a la misma. Uno de ellos fue el senador Alfredo “Tati”, Meckievi. Se transcribe a continuación un extracto del brillante discurso que, en el recinto del Senado, realizó en rechazo a los juicios por jurados. Su republicano esfuerzo fue en vano, pero supo prestigiar la institución a la que pertenece. ¡Nuestras más calurosas felicitaciones!
 
Extractos:
 
No voy a apoyar el proyecto. Tengo mis diferencias con el juicio por jurado, que son profundas así que ni siquiera lo acompañaré con modificaciones. Creo que es una institución cuyos reparos trataré de expresar.

Tengo objeciones culturales, jurídicas, materiales, económicas y como si fuera poco políticas con respecto a este tema.

Nosotros hablamos de juicio por jurado, pero no es el de Estados Unido ni el de ningún país que lo haya implmentado. Ni siquiera la experiencia que hay en Argentina (y para mí muy negativa de Córdoba), es el mismo juicio por jurados que se está tratando de implementar en la provincia.

Nuestra cultura va a apuntar a modificar la conducta que se espera de esos 12 miembros que, a la sazón, ni siquiera es necesario tener la mayoría. Se va a tratar de corromper si no se puede doblegar por ningún otro mecanismo la voluntad de cuatro miembros. Con eso alcanzaría.

Si bien esta institución está mencionada en la Constitución Nacional, esto de por sí no hace que el juicio por jurados sea constitucional, puesto que desde mi humildísimo punto de vista, la normativa es inconstitucional. Este es un análisis que debemos separar.

El artículo 106 en su parte final dice “en el caso de juicios por jurado las instrucciones del juez ante el jurado constituyen plena y suficiente motivación del veredicto”. ¿Qué significa esto? Que el jurado no fundamenta el veredicto.
 
Recién se lo expuso como una valoración, como un hecho a destacar, desde mi punto de vista es un problema. El jurado no fundamenta el veredicto. Entonces, cabe preguntarse ¿cómo garantizamos, si no está fundamentado el veredicto, cómo garantizamos el recurso de casación para que sea amplio? Y esto no es una ocurrencia porque así lo dispone la Corte Suprema de Justicia de la Nación a partir del caso Casal en particular.

¿Cómo se ejerce la garantía que se denomina del “doble conforme”, que es la garantía establecida por la doctrina de la corte Internacional, si no sabes cómo llegaron a declarar culpable al imputado? ¿Si no hay fundamento, si no hay motivación, de qué manera se puede proceder?

[…]

Esta ley que vamos a votar rompe con la lógica del sistema recursivo, ya que el fiscal además no puede apelar. Y por toda razón, para impedir la apelación, qué es lo que se dice. ¿Por qué no se puede apelar?

Dicen que no se puede apelar “porque el jurado es la expresión de la soberanía popular”. Esta es la razón. Esta afirmación hace que en la provincia de Buenos Aires, si una persona es absuelta de la acusación de homicidio agravado, el fiscal no puede apelar. Pero si en vez de un homicidio es hurto, sí puede apelar. Es una incongruencia.

Tampoco se puede apelar a través del particular damnificado, porque los artículos 452 y 453 dicen que si no puede apelar el fiscal tampoco puede apelar el particular damnificado, es decir, la víctima. Se le limitan derechos a la víctima. Estamos perjudicando a la víctima. Estamos a contrapelo de esta sensación que se pretende instaurar de que estamos tratando de beneficiar a la víctima. No puede apelar.

No se fundamenta el fallo. No se puede recurrir. No se sabe cuál es el motivo de la acusación, para defenderse.

Esto es inconstitucional. Pero, además, va en contra de la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; va en contra de la doctrina de la Corte Interamericana, ya que niega el acceso a la Justicia. Niega el derecho a saber la verdad. Niega recursos a la víctima de un delito.

Esta ley, por otro lado, establece como pena de nulidad del juicio si el mismo no está grabado y filmado. Nulidad significa que, si no lo grabaron y no lo filmaron o hay un defecto, hay que hacer el juicio de nuevo. No es necesario señalar otro perjuicio. Simplemente, que no esté el video o la grabación.

¿Se imaginan qué hay que hacer para mandar un juicio para atrás si viene mal la cosa? Adivinemos... desaparece el video, desaparece la grabación. Y no hay ningún atenuante. Lisa y llanamente requiere llevar el juicio adelante nuevamente. ¡Con lo que nosotros vemos que sucede hoy en día con el ejercicio de la profesión, nos prestamos a una hipótesis donde sólo el hecho de la filmación retrotraería las acciones a cero e implicaría hacer un nuevo juicio!

[...]

Con los artículos que se refieren al jurado que se denomina “estancado”, se da la paradoja que cambian las reglas matemáticas, ya que, según lo establecido por el artículo 371, cuatro serían más que ocho. Dado que si de los doce miembros del jurado ocho sostienen que el imputado, por ejemplo, participó de un hecho delictivo y cuatro dicen que no participó, se le pregunta al fiscal. Y si el fiscal dice que no participó, se debe absolver.

Es decir, cuatro es más que ocho. Es una cuestión, desde mi punto de vista, absolutamente absurda. Ahora bien, si el particular damnificado no está de acuerdo se tiene que hacer un nuevo juicio con otro jurado. Cuéntenme, con este borgiano, laberíntico mecanismo, cuál es el aporte que se hace a la celeridad del juicio, a la simplificación de los trámites.

¿De dónde surge esta conclusión de que ponen un jurado de doce, pero que vale más lo que opinan cuatro? Representémonos los abogados que vemos las 24 horas del día cuando prendemos la televisión, qué estarán haciendo... ¡Buscando esos cuatro!
 
Dije que tenía diferencias culturales, jurídicas y también mencioné económicas.

En el tema económico, dice el artículo 338 bis que los designados a integrar el jurado, cuando fueren empleados públicos o privados, se los declarará en comisión. Significa esto que no se les pagará por la prestación de este servicio ningún emolumento. Seguirán percibiendo su salario, ¿verdad?

Imaginemos un empleado público, pero también imaginemos la situación de un empleado privado: el empleado de una carnicería, de una verdulería, un almacén, una persona común de la ciudadanía. Quedaría a cargo, percibiendo el sueldo, de su empleador. Ahora bien, al empleador particular, tampoco se le va a recompensar.

Hay juicios que duran uno, dos días, cinco meses, o quince días. Si el trabajador es independiente o está desempleado, se le abonará a razón de dos ius por día. En caso de que deban trasladarse, se les abonará el costo de transporte y comida.
 
Creo que quienes hicieron la ley viven todos en la ciudad de La Plata. Si el jurado lo integra un vecino de Ranchos, departamento judicial La Plata porque es por sorteo de padrón, me pregunto, ¿el alojamiento se lo debe pagar él? Al hijo, a la escuela, ¿se lo lleva el intendente? Si está estudiando, o si le corresponden vacaciones, ¿las suspende?

Sigamos adelante. Pensemos por un momento que el ciudadano está dispuesto a afrontar esta circunstancia no prevista en la normativa. Pensemos en el amor al prójimo, o que alguna circunstancia de ese tipo hace que nos sujetemos a lo que la ley disponga y hagamos una simple cuentita, que me da la impresión que nadie sacó.

Dieciocho son los miembros de cada jurado. Doce titulares y seis suplentes. Se les abonará dos jus por día. Actualmente, el jus es de 211 pesos. Está previsto un aumento para dentro de dos meses, creo que se irá a más de 230 pesos. Pero hoy es de 211 pesos. Dos jus son 422 pesos. No pensemos en un promedio de juicios de quince o veinte días, o de mucho más, como a veces sucede. Pensemos en algo racional: seis días de promedio. Dos jus por los dieciocho miembros del jurado, por los seis días que puede durar un juicio, da 45.576 pesos, sin pagar transporte, comida ni alojamiento.

Cabe preguntarse ¿cuántos juicios por año se van a estar tramitando conforme esta ley? Sabemos que es para hechos que puedan traer aparejada una pena mayor a quince años. No tomemos todos los delitos que puedan quedar comprendidos, sino uno solo, para que los números tengan realismo; supongamos, entonces, el homicidio.

Veamos las estadísticas de los años anteriores. El año pasado, en la Provincia de Buenos Aires, hubo 1.343 personas muertas en hechos delictivos. Este año, lamentablemente, se supera esa marca. Supongamos que en algunos de esos hechos hay más de un muerto y que en otros casos no se opta por el juicio por jurado, teniendo en cuenta que hablamos de homicidio y no de otros delitos, digamos que habrá sólo 1.000 juicios.

Entonces, con un promedio de seis días por juicio, dijimos que saldría cada uno 45.576 pesos. Si en el año hubiera 1.000 juicios, serían 45.576.000 pesos. Es lo que saldría el costo mínimo, sin darles un sándwich. Ni transporte y con alojamiento en plaza, a cielo abierto.
En esas condiciones estaríamos hablando de 50 millones de pesos. Alguien podrá decir que serán más o serán menos los juicios. ¿Saben la cantidad de audiencias de juicios orales que hubo el año pasado para poder sacar un promedio medianamente acorde?

El año pasado hubo 3019 debates; en el año 2011, 3368 debates; en el año 2010, 3927 debates; en el año 2007, 3330 debates. Hay una constante de no menos de tres mil. Los reduje a mil, a los efectos de ver cuáles son las provisiones y las posibilidades para que lo veamos instrumentado si requeriría, mínimamente, de 50 millones de pesos.

En el año 2012, hubo 101.520 robos a mano armada denunciados, un 20 por ciento que en el año anterior. En el año 2013 viene con un incremento del 20 por ciento, tres personas mueren por día en nuestra Provincia por la delincuencia, 20 mil autos fueron robados en sólo los primeros meses del año pasado.

Todas estas cifras son peores en este año, pero sin especular, sólo señalo y en diferencia política diciendo que mientras nos avocamos a este injerto, tenemos sólo 400 fiscales en toda la provincia de Buenos Aires, para atender cifras delictivas de la magnitud de la que estamos haciendo referencia. Y hoy mismo, hay más de 400 cargos en la Justicia sin cubrir. Más de 400 cargos que no se han cubierto en lo que va del año. Este Senado no ha tratado creo quemás de diez pliegos.

Me pregunto ¿no deberían revisar el manejo político del causal y de la persecución del delito? ¿Poner en función los juzgados de familia, cubrir las vacantes? ¿No es eso prioritario? ¿Cuáles son las políticas? Declamar la policía judicial y no dar un paso en un año, desde que está votada. Si somos conscientes de que no funcionará. Y además, no está la plata, por qué no poner el esfuerzo en potenciar la operatividad policial, en cosas posibles y en cosas accesibles, cosas necesarias.

Cuando ustedes ven a un policía, lo ven sin motivación, sin idoneidad. Observemos la actitud del policía. Nadie pondría un bañero que no tenga actitud física. Pues, no se puede poner a un policía que no tenga actitud física, porque no es una agencia de empleo, es así como los matan, y es así como son ineficaces frente a la comisión de un delito. Si tiene que correr tiene que poner una mano en la gorra, porque la ropa que tiene es inapropiada y está pensando más en el sumario que le hace si pierde la gorra. Cuando digo que no tienen actitud, salgan y vayan caminando, están con el telefonito, por eso los matan como pajaritos y por eso no pueden reaccionar frente a la comisión del delito, porque no están en actitud, no tienen actitud, no se lo forman en actitud y no se los capacita. Es más, es un cartel andante, ineficaz, desatendido y desmotivado y eso sí se puede hacer.

Me pregunto, ¿cuánta policía tenemos? ¿55 mil? ¿Cuántos son operativos? Tenemos 15, 18 mil policías. Están todos en sectores administrativos, operativos, no llegamos a 20 mil policías. Rompamos la hipocresía, asumamos los problemas, hagámonos cargo con responsabilidad de qué es lo que se puede, pero no inventemos historias impracticables que atentan con la buena fe que debe tener alguien, y como nosotros tenemos que discutir los temas que forzadamente nos imponen una dinámica que no tiene nada que ver con la realidad. No le vamos a cambiar la realidad a nadie con el tratamiento de estos temas.

¿Cuál es el fortalecimiento de los Patronatos de Liberados? ¿Saben qué hace el Patronato de Liberados? Tiene que controlar qué hace cada individuo que está gozando de libertad condicional o que salió de la cárcel. ¿Ustedes creen que lo hace?

¿Saben que esa institución es la que podría supervisar si trabajan, qué hacen, dónde tiene domicilio, a qué se dedica? Son situaciones formales, ni siquiera forman parte de la centralidad que debiera tener una política de seguridad que se pretenda hacerla con cierta seriedad.

¿Qué previsión hay para absorber en las cárceles la creciente demanda de alojamiento? ¿Qué políticas se dan en las unidades? ¿Qué hacemos en las unidades? ¿Cuántas comunidades terapéuticas hay en la Provincia? Una provincia que, como el país, está inundada de drogas. ¿Dónde están los centros de tratamiento? ¿Qué estamos haciendo con alguien que transita por la cárcel, o en una instancia previa en el abordaje de este tipo de tema. La verdad que este juicio por jurado, aparte de una distracción, nada va a aportar más que una expectativa de horas en los medios de prensa.

Yo me pregunto: ¿quién es el que cree que el problema de la seguridad está en determinar, o no, la culpa del acusado? Que en definitiva, es esto lo que toca juicio por jurados. Juicio por Jurado, lo único que hace es: culpable, sí o no. Nada más que eso. Es la única intervención. Si creen que el problema de la seguridad de la provincia de Buenos Aires es saber si un individuo es culpable o no, estamos “sonados”. Estamos poniendo la energía en un lugar absolutamente equivocado.

El problema es mucho antes del juicio por jurados. Está en la impunidad en que solo es detenido aquel que es tomado in fraganti, nunca se esclarece un hecho. Sólo el 3% de los hechos llegan a sentencia, y nosotros estamos volviéndonos locos por el juicio por jurados. Nadie llega a sentencia. Queremos regular una porción ínfima del problema y me resulta incomprensible que no nos ocupemos del 97 por ciento del problema, no del tres por ciento del problema.
 
Las últimas consideraciones las voy a copiar, no me pertenecen, son del doctor Pagliere (h.), es un juez de Azul que hizo una referencia que me resultó gráfica.

Dice él, que un acusado escucha el veredicto de un juicio por jurados representémonos que somos el jurado y le decimos al acusado, “usted es culpable”. Somos nosotros el jurado y tenemos parado ahí al acusado. Y el acusado pregunta ¿Por qué? El jurado puede decir porque nosotros lo decimos. Pero denme alguna razón. No, porque sí, porque nosotros lo decimos.

Esto no pasa en un lejano país con una tiranía sudafricana, va a pasar con esta ley porque así es el juicio por jurados. No hay que fundamentarlo. Es una cuestión que muchas veces se va a traducir en simpatía o en antipatía.

Yo recuerdo, cuando Robledo Puch hizo esas muertes tremendas, creo que fueron 17 o 20 muertos, es un estudiantes de derecho. Las chicas pegaban las fotos de Robledo Puch en las carpetas y en los cuadernos. Estaban todas enamoradas. Había matado 17 estudiantes. Tal vez los que tengan mi edad lo recuerden.
 
Piensen qué pasa con el dentista de La Plata cuando lo aplauden en la calle y tantas manifestaciones que exteriorizan una actitud a modo de interpretar un hecho. Piensen en el caso Angeles, quién no hubiera condenado al padrastro, estaría preso desde el primer día.
 
La normativa dice que doce ciudadanos elegidos por sorteo, ¡por sorteo! ¡Por favor! Juzgarán los delitos más graves que son aquellos con penas superiores a 15 años, no la falta de estacionamiento, una multa; los delitos más graves, los que tienen penas mayores de 15 años. ¿Saben cuáles son? Todos esos delitos que pueden incurrir en este juzgamiento: abuso sexual gravemente ultrajante, secuestro extorsivo, corrupción de menores, promoción y facilitación de la prostitución, homicidio agravado. Esos son los hechos que vamos a llevar a un jurado de 12 ciudadanos elegidos por sorteo. Es un método primitivo, retrógrado e injusto.
 
Un jurado que no da explicaciones, viola los derechos humanos.
 
El artículo 1º de la Constitución Nacional impone que todos los actos tienen que ser fundados.
 
El derecho penal es una ciencia sofisticada; requiere de conocimientos especiales.
 
Tampoco crean que es democrático el juicio por jurados por el sólo hecho de ser un juicio por jurados, porque a sus miembros no los elige nadie. ¿Cuál es la democracia de un procedimiento donde nadie elige a nadie? ¡Sólo se sortean!
 
Los miembros del jurado pueden no estar capacitados psíquica o moralmente para juzgar. A cualquiera se le puede representar en su cabeza una cantidad de casos.
 
Piensen en su abuela, su tía, su prima, su hermana, su cuñado cuando tengan que trasladarse a 100 o 200 kilómetros para ser parte de un jurado. Pueden no tener vocación, ni interés, ni ganas, ni actitud, ni deseo. Pueden no querer ni siquiera estar cerca. Cuánta gente tiene aprehensión a los tribunales, a la policía, a este tipo de situaciones, con razones absolutamente humanas y lógicas.
 
Ahora bien: jurado puede ser cualquiera. No necesita saber leer ni escribir; mayor de 21 años y menor de 75 años. Con eso alcanza y sobra para ser jurado. Pero un juez tiene que estudiar y dar exámenes psicológicos. Tiene que pasar por el Consejo de la Magistratura. Tiene que venir a la Cámara de Senadores y tiene que ser designado por el Poder Ejecutivo.
 
¿Cuál de los males que sufre la gente resuelve el juicio por jurados? ¿Cuál de todos los problemas que la gente ve en la justicia está resolviendo este jurado? Hagamos un ejercicio.
 
¿Qué dice la gente de la justicia? Dice: “los delincuentes entran por una puerta y salen por la otra”. Eso se dice en la calle.
 
¿Qué resuelve el juicio por jurados? Nada, porque la investigación la hacen los fiscales, no el jurado. Tampoco dan excarcelaciones ni libertad condicional. Quiere decir que en esto, que está internalizado en la gente con toda razón, el aporte del juicio por jurados es cero.
 
La gente dice: “las penas son benignas y que hay que dar condenas más fuertes”.
 
¿Qué aporta el juicio por jurados? Nada, porque la pena la gradúa el juez. El jurado solamente dice si es o no culpable. La graduación de la pena sigue como está hoy.
 
¿Qué dice la gente de la justicia? “Es muy lenta”. Pero el juicio por jurados la va a hacer como dicen los chicos recontralenta; será muchas veces más lento.
 
Recién saqué la cuenta: se necesitan 23 personas para abrir una audiencia. Esas 23 personas tienen que estar sentadas. Si falta uno de esos 23, no puede iniciarse el juicio.
 
¿Ustedes saben que nadie quiere salir de testigo? Hablen con los jueces. Nadie quiere salir de testigo. ¿Se imaginan, entonces, de jurado, con varios días, con presión y a veces con amenazas?
 
Pues bien, no queda ninguna duda que el procedimiento va ser sideralmente más extenso que el juicio.
 
Entonces, abre camino a la corrupción, porque como no se necesita fundamentar una opinión, ese ciudadano, ese jurado, puede ni ser de la ciudad. Además, su voto es secreto y nadie puede juzgar su decisión. Es decir, el jurado no paga las consecuencias que resuelve un juez en una sentencia, que no sólo tiene una apelación, sino que tiene que respaldar y fundamentar la decisión que tomó.
 
En este caso, un señor que vino a desgano, que lo mandaron de no sé dónde, que no tiene ningún vínculo con nadie, es más susceptible a modificar su opinión, no por el hecho de la corrupción, sino para sacarse el tema de encima o porque lo llamaron por teléfono de la casa para avisarle que llegaba su hijo de la escuela o cualquier tipo de situación. No lo tiene ni que fundar, porque vota de manera secreta. Esto me parece gravísimo. Además, modifica el concepto de prueba.
 
Un juez no puede valerse de pruebas ilegales. Por ejemplo, hay apremios en una comisaría, el detenido dijo lo que no tenía qué decir; entonces, esa prueba es inválida. Pero si eso llega a oídos de ese jurado, seguramente, ese elemento va a pesar en la decisión que va a tomar ese jurado. ¿Por qué no va a pesar?
 
Cuéntenme si no va a pesar la televisión, lo que lea en el diario, lo que escuche en la calle, la interpretación que hizo tal o cual periodista. ¿Cómo no va a pesar? Todos opinaban del caso Candela, del caso de Ángeles. Se insta a eso, se toma posición y luego no hay que fundamentar ni dar explicaciones.
 
Esta ley que se va a votar es la negación de la ciencia penal, y si es la negación de la ciencia penal y cualquiera juzga, entonces, los libros son innecesarios y no hace falta estudiar. Todo esto desprestigia la formación académica y profesional especializada que, a su vez, no tendrá ningún sentido.
 
Más allá de que es impracticable por lo que económicamente hemos visto, no quiero decir que estas cuentas que saqué no marcan que hay que crear las salas de audiencias, y desde que estoy acá estamos en emergencia edilicia del Poder Judicial.
 
Todos los años votamos la emergencia, y este año no fue la excepción. Hay juzgados que no se ponen en marcha porque no están los edificios. No estamos pensando que hay que montar equipos de videos, de audio, personal especializado, técnicos.
 
Entonces, olvidemos todas esas cifras y vayamos a esa síntesis que hice sobre que esto requiere cincuenta millones de pesos del presupuesto que no paga las becas de los asilos de ancianos, de los hogares de niños. Hace años que no se pagan estas cosas que dan de comer a los chicos que están en un estado de desprotección. Por lo tanto, habría que proteger, poner énfasis y darle prioridad a todo eso, porque son las escuelas del delito y no a las consecuencias tardías e inespecíficas.
 
Realmente siento que todo esto me genera una frustración. Estamos poniendo un dispendio de energía y buena voluntad en algo impracticable desde lo económico e inadmisible desde lo cultural. Además, jurídicamente me da pavor, porque vamos a estar sometidos a individuos que pueden ser coimeados y presionados. Hemos visto en el transitar de estos tiempos que muchas causas y elementos probatorios han desaparecido de las cajas fuertes de los juzgados.
 
Se contratan a los jueces desde los estudios jurídicos. Todos sabemos que la justicia a veces está tasada en tal estudio, tal abogado. Miren los manoseos de la causa Candela. ¿Se imaginan dónde se concentra la energía? En cuatro personas de doce.
 
En cambio un juez lo tiene que hacer con responsabilidad, profesionalidad y con control. Es un disparate que un individuo de una localidad cualquiera sea trasladado a La Plata, sometido a una actividad para la cuál no está preparado, no está formado.
 
Ciertamente creo que esta ley seguramente saldrá, porque sé contar desde hace algún tiempo y también sé que seguramente no se va a poner en vigencia. Pero eso no me consuela. Todo lo contrario, me genera un fuerte dolor y una fuerte angustia no poder estar haciendo un aporte para algo posible, para algo practicable en una de las temáticas que más aflige a la gente. Y lo único que le vamos a dar es un título en un diario.

 
Alfredo Meckievi
Senador del Bloque Unión Pro Peronismo
Legislatura de la Provincia de Buenos Aires
Ex Ministro de Justicia de la Provincia de Buenos Aires
Argentina

Debate en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires
Blog Tati Meckievi
12 de septiembre de 2013

Sen. Alfredo Meckievi (Argentina)

El juicio por jurado es innecesario, burocratico y sujeto a la corruptela

Alfredo "Tati" Meckievi
Senador bonaerense

Extractos:

Se eligen doce personas en un sorteo, y ni siquiera se toma el requisito de que sepan leer o escribir.

Pueden ser personas que no tengan interés, aptitud, voluntad y deseo de integrar un jurado.

Un juicio oral puede durar un día, cinco dias y también tres meses.

Puede tocar en un lugar de la provincia que se tengan que trasladar.

Si se trata de empleados dependientes de empleador privado, el que da cuenta del sueldo es el patrón.

Pensemos en alguien que se tenga que trasladar, que tenga trabajo pendiente, que tenga que cuidar a sus hijos.

Esto es un dispendio innecesario, burocratico y sujeto a la corruptela, donde de doce, si ocho dicen que es culpable y cuatro que es inocente, se lo absuelve.

Enlace: Audio en You Tube

Alfredo Meckievi
Senador del Bloque Unión Pro Peronismo en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires
Ex Ministro de Justicia de la Provincia de Buenos Aires
Argentina

Debate en la Legislatura de la Provincia de Buenos Aires
12 de septiembre de 2013

10/9/13

Dr. Aleardo F. Laría (Argentina)

La ilusión del juicio por jurados

Aleardo F. Laría
Vice-director del diario "Río Negro"
 
Extractos:
 
El calvario de Dolores Vázquez empezó el 9 de octubre de 1999, cuando en Mijas, un atractivo pueblito español de la costa dorada de Málaga, desapareció la adolescente Rocío Wanninkhof. El cadáver de Rocío apareció casi un mes después, desnudo, apuñalado y quemado, a más de 30 kilómetros de donde se la vio por última vez. Los restos estaban tan mal que no se pudo saber si había sido violada. Se desató todo tipo de especulaciones, hasta que la policía creyó encontrar una pista firme y detuvo a Dolores Vázquez, una mujer que en el pasado había tenido una relación amorosa con Alicia Hornos, la madre de la víctima.
 
En septiembre del 2001 se celebró un juicio con jurado que condenó a Dolores Vázquez a 15 años de prisión como autora del asesinato de Rocío Wanninkhof. Ese juicio fue anulado en la instancia de apelación por falta de motivación en el veredicto, al comprobarse que los jurados habían sido influenciados por la peculiar relación que unía a la madre de la víctima con la acusada. Cuando estaba por celebrarse la nueva vista, un informe del servicio de criminalística de la Policía española advirtió que el ADN encontrado en la colilla de un cigarrillo que estaba cerca del cuerpo de Rocío coincidía con los rastros que se habían encontrado en los restos de otra joven, Sonia Carabantes, asesinada un mes antes. Se verificó que el perfil genético correspondía a Tony Alexander King, un residente británico con antecedentes por agresiones sexuales en el Reino Unido.
 
King fue condenado a 19 años por el asesinato de Rocío Wanninkhof y a otros 36 por la muerte de Sonia Carabantes. El segundo juicio contra Dolores Vázquez fue suspendido y finalmente se dispuso su sobreseimiento provisional en la causa. No obstante, la infeliz mujer estuvo 17 meses en prisión acusada de un crimen que no había cometido.
 
El episodio permite apreciar en toda su intensidad el riesgo que supone entregar la libertad de una persona al juicio meramente intuitivo de unos jurados populares que carecen de formación y preparación para llevar a cabo la delicada tarea de juzgar.
 
Ésta es probablemente la mayor crítica que se puede formular al juicio por jurados. La tarea que realiza un juez penal es propia de un especialista en Derecho que obtiene un título de grado superior y luego va adquiriendo una formación basada en una práctica a lo largo de muchos años. Si bien la formación de los jueces penales es bastante deficiente –puesto que un verdadero criminalista tiene que ser formado en variadas disciplinas como psicología, antropología, física, biología y en nuestras facultades sólo se estudian leyes–, lo cierto es que con la práctica adquieren una preparación que está a distancia sideral de la que puede poseer un simple ciudadano elegido por sorteo.
 
La psicología de los seres humanos los hace fácilmente receptores a las hipótesis de las tramas ocultas y a las teorías conspirativas. Lo vemos a diario en las notas que reflejan nuestra actualidad política. También en la enorme popularidad que han alcanzado las novelas policiales y las series de televisión que utilizan los mismos esquemas dramáticos. De allí que una de las tareas más relevantes que realiza un juez consiste en librar una batalla permanente contra la fuerza de sus propios prejuicios para evitar caer en los juicios meramente intuitivos. Algo que se adquiere luego de una rigurosa autocrítica basada en la experiencia de los propios errores.
 
La jueza de la Corte Suprema, Carmen Argibay, acaba de reconocer que nuestra sociedad no está preparada para los juicios por jurado porque "poca gente entiende el principio de inocencia, que es ignorado e incomprendido por el ciudadano". Pero además ha añadido otro argumento de peso al señalar que son muy caros, dado que los jurados tienen que estar aislados y si el juicio dura varios días, los integrantes deben estar encerrados en un hotel, con los gastos pagos, percibiendo además una compensación por los ingresos que han dejado de percibir. Se debe añadir la dificultad que supone el complejo proceso de selección, y los costos de repetir el juicio cuando no se alcanzan las mayorías requeridas para condenar o absolver "en nombre del pueblo".
 
En nuestra región son muchos los que ven con entusiasmo la inminente implementación en Neuquén del juicio por jurados y defienden la incorporación de esta figura en el nuevo Código Procesal Penal de Río Negro. Los argumentos que se han dado a favor del juicio por jurados son incontables, comenzando por el dudoso "es más difícil que se equivoquen 12 personas que una sola". Según estas opiniones, el jurado popular genera un sentimiento igualitario porque "disminuye la sensación de que el poder está alejado de la sociedad"; garantiza la publicidad, oralidad, celeridad e inmediación; debilita el corporativismo de los jueces; contribuye a disminuir el tecnicismo penal; legitima el sistema procesal penal; evita la presión sobre los jueces de los intereses políticos y económicos, etcétera.

Frente a esta catarata de emotivos argumentos que suelen culminar con una inapelable cita a Alexis de Tocqueville –"el juicio por jurados no sólo es el medio más enérgico de hacer reinar al pueblo sino también el medio más eficaz de enseñarle a reinar"– es difícil no sentirse conmovido. Siendo realistas, sería arduo intentar convencer a alguien ilusionado de las desventajas prácticas que tienen sus ideas.
 
 
Aleardo F. Laría
Es abogado, periodista y politólogo argentino, nacido en General Roca, provincia de Río Negro. Estudió abogacía en la Universidad de La Plata, donde fue uno de los fundadores de la FURN. En la provincia de Río Negro fue dirigente de la JP y militó en la denominada Tendencia Revolucionaria del peronismo. Ha sido abogado del Sindicato de Obreros Empacadores de Fruta y de otros sindicatos de Río Negro. En 1977 se exilió en España. Allí se desempeñó como abogado de la Unión General de Trabajadores de tendencia socialista. Fue uno de los fundadores de ATTAC España y tuvo una actuación destacada en las movilizaciones contra la guerra de Irak. Fue el abogado redactor de la querella criminal formulada contra el ex presidente Aznar y avalada con la firma de más de 1.800 ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil española. Actualmente reparte su tiempo entre España y Argentina. Es columnista habitual en el diario “Rio Negro” y sus notas las distribuye la Agencia Diarios y Noticias entre medios de Buenos Aires (diario “Perfil”) y del interior de Argentina. Es autor del ensayo “Calidad institucional y presidencialismo. Los dos problemas no resueltos de Argentina” (Grupo Editorial Latinoamericano) y acaba de publicar en la misma editorial “El sistema parlamentario europeo. Ventajas del parlamentarismo”.
 
Publicación: rionegro.com.ar
10 de septiembre de 2013

6/9/13

Dra. Carmen Argibay (Argentina)

Me dan mucho miedo los veredictos espantosos
 
Dra. Carmen Argibay
Jueza de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina
 
Extractos:
 
A lo largo de mi carrera siempre estuve de acuerdo en el sistema de juicio por jurado, pero los años pasan y uno adquiere experiencia.
 
No es momento para tener un juicio por jurado. No tenemos garantía que la gente comprenda cuál es la visión (jurídica), no tenemos garantías de que sea un juicio sereno y que no esté contaminado por la mirada periodística, no tenemos garantía que no haya sido presionado por parte de la víctima o de los imputados.
 
Es difícil de implementar en la actualidad por tres cuestiones: es caro, falta educación y preparación de la ciudadanía y los medios de comunicación pueden generar una fuerte interferencia.
 
Si cuesta llevar a los testigos a declarar a un juicio, ¿cuánto más va a costar traer a los jurados, que es una carga pública? Mis objeciones parten de una cuestión empírica y ver cuáles son las dificultades. Lo más grave para mí es la falta de educación para que la ciudadanía colabore en la repartición de justicia.
 
Para implementarlos primero se debe tener salas con la adecuación necesaria y los jurados deben estar aislados para que no reciba presiones ni comentarios. Si el juicio dura varios días deben estar encerrados en un hotel, comida, lo cual implica un gasto fenomenal. Hay que tenerlos en un hotel y eso cuesta plata, es muy caro.
 
Es muy difícil escuchar jurados no contaminados, porque tenemos esta cultura de los medios con periodistas que se creen detectives, investigadores y largan versiones y poca gente entiende el principio de inocencia. ¿Cómo vamos a conseguir que un jurado no haya escuchado una noticia, que no esté contaminado, va a ser muy difícil? Va a ser muy difícil escuchar jurados no contaminados, porque tenemos la cultura de estos medios de comunicación.
 
Poca gente entiende el principio de inocencia, que es fundamental y es ignorado e incomprendido por el ciudadano. Hemos visto en numerosas ocaciones cuando alguien es considerado por la multitud culpable, la reacción es prenderle fuego a la casa del presunto perpetuador o darle una golpiza. Me preocupa el linchamiento público.
 
Los jurados tienen que saber disernir y los jurados van a venir con la falta de dominio de las pasiones. Se debe hacer un juicio sereno y no en medio de las pasiones. Esa gente va a ser la que conforme los jurados. Esto me da mucho miedo, porque esto puede significar veredictos espantosos.
 
Los jueces como son técnicos saben cuáles son los puntos que tienen que aclarar, la gente común no. Es una cosa notoria, la gente se transforma cuando le ponen una cámara adelante. Temo linchamientos y sentencias espantosas. En este momento nuestra sociedad no es confiable para respetar las garantías constitucionales.
 
Enlace: Versiones On Line 1, 2 y 3
 
Dra. Carmen Argibay
Jueza de la Corte Suprema de Justicia de la Nación
 
Diario Página/12
6 de septiembre de 2013

Dr. Luis María Cabral (Argentina)

Juicios paralelos

Dr. Luis María Cabral
Presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional

Extractos:
 
El juicio por jurados es desaconsejable porque desde el sistema mediático se realizan juicios paralelos que no expresan el proceso real.
 
Dr. Luis María Cabral
Presidente de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional
República Argentina


La Angostura Digital
6 de Septiembre de 2013

31/8/13

Dr. Hugo López Carribero (Argentina)

Juicio por jurados bonaerense: proyecto que hace agua

Dr. Hugo López Carribero
 
Extractos:
 
La última semana, el Congreso de la Provincia de Buenos Aires desplegó una intensa actividad en el marco del proyecto de ley de juicio por jurado, en materia penal.
 
Es de destacar la noble y genuina intención que los legisladores bonaerenses han puesto en el proyecto de ley [...] Pero también corresponde subrayar la falta absoluta de conocimientos tribunalicios de los legisladores de la provincia más poblada del país. Corresponde subrayar también el autismo en que se encuentran incrustados sus paupérrimos conocimientos de la sociedad bonaerense. Es palmario que los legisladores propulsores de esta ley nunca han asistido a un juicio oral.
 
En efecto, ¿cómo van a convocar a doce ciudadanos del gran Buenos Aires, para que durante varios días comparezcan al tribunal, sin que falte ninguno de ellos?
 
¿Cómo piensan que los ciudadanos de La Matanza, Lomas de Zamora o Merlo razonan en torno a la administración de Justicia?
 
¿Hay conciencia y responsabilidad ciudadana en la población?
 
¿Dónde va permanecer el jurado en los cuartos intermedios?
 
¿Hay salas para el jurado almuerce?
 
¿Los legisladores saben que los testigos esperan, para declarar, en el pasillo de los tribunales?
 
¿Los congresistas saben que en los juicios orales ni los damnificados quieren comparecer para declarar?
 
¿Los diputados y los senadores de la provincia de Buenos Aires saben que hay incluso policías que deben ser traídos a los juicios orales con el auxilio de la fuerza pública?
 
¿Los empleadores están dispuestos a otorgar, a sus empleados, una semana de licencia para que sean jurados en un juicio?
 
¿Los empleados están en condiciones de exigir el derecho a licencia laboral para acudir a cumplir la obligación cívica de ser jurado?
 
¿Los legisladores saben que el día en que falte un solo integrante del jurado (son doce), el juicio debe ser suspendido?
 
¿Conocen la complejidad de certificar los antecedentes penales de los integrantes del jurado?
 
¿Saben que la certificación de antecedentes genera la obligación de faltar otro día al trabajo?
 
¿Conocen las sendas amenazas que deberán soportar los miembros de jurado cuando juzguen a un hombre por homicidio?
 
¿Saben que son las mismas amenazas que sufren los testigos?
 
¿Conocen los barrios donde viven los imputados, los testigos y los eventuales miembros del jurado?
 
¿Saben algo de esto?
 
¿Saben algo de algo?
 
 
Dr. Hugo López Carribero
Abogado Penalista
 
InformadorPúblico.com
Juicio por jurados en Buenos Aires, un proyecto que hace agua
Por Hugo López Carribero y Carlos Tórtola
31 de agosto de 2013

29/8/13

Dra. Liliana Piccinini (Argentina)

A un lego le costará entender
 
Dra. Liliana Piccinini
Jueza del Tribunal Supremo de Justicia de Río Negro
 
Extractos:
 
Sobre el juicio por jurado, recurro a un argumento constitucional y la Constitución Provincial no lo permite: el sistema de libre convicción (en la toma de decisiones jurisdiccionales) no es amigo del criterio de la íntima convicción (que aplicarían los jurados).
 
Los Tratados Internacionales tampoco lo permiten porque garantizan un recurso superior (ante cualquier sentencia) y en un juicio por jurados no puede recurrirse porque no existe forma de ponderar la sentencia que no se funda en el derecho.
 
A los abogados nos lleva un largo tiempo aprender derecho penal y, a grandes rasgos, en un juicio se explica al jurado las diferencias de un homicidio culposo del doloso.
 
No quiero hacer apología de la inteligencia de los abogados o magistrados, pero a un lego le costará entender en ese poco tiempo todo eso, con lo cual elaborará un razonamiento con sentido común pero no tendrá incorporadas otras circunstancias en su sentencia.
 
 
Dra. Liliana Piccinini
Jueza del Tribunal Supremo de Justicia de Río Negro
 
Publicación: rionegro.com.ar
Reportaje: "Hay mucho recurso humano, pero sin gestión y con malos resultados"
30 de agosto de 2013

28/8/13

Dr. Marcelo Romero (Argentina)

Mucha serie norteamericana
 
Fiscal Dr. Marcelo Romero
 
Extractos:
 
Mi primer dictamen es que soy pesimista por la participación ciudadana en los procesos orales: la colaboración ciudadana es cada vez más paupérrima. No puedo aceptar que un testigo olvide detalles concretos de un homicidio, circunstancia que marca a cualquier persona. El compromiso brilla por su ausencia.
 
Con esta clase de testigos, estamos muy lejos de los juicios por jurado. Aquellos que pensaron a un fiscal alegando frente a un jurado, caminado por el estrado y con las manos en los bolsillos vieron demasiada televisión, mucha serie norteamericana.
 
 
Dr. Marcelo Romero
Fiscal en la ciudad de La Plata
 
Diario Hoy - La Plata - Pcia. de Buenos Aires - Argentina
Artículo: Ser testigos: “el sistema penal rumbo al estrepitoso fracaso”
28 de agosto de 2013

25/8/13

Enrique Piñeyro (Argentina)

No estamos preparados para dar ese salto
 
Enrique Piñeyro
Médico y cineasta
 
Extractos:
 
No es fácil [implementar los juicios por jurados] siendo un hecho lo corrompible que es esta sociedad en todos sus estratos.
 
Hay que ver quién puede ser absolutamente imparcial en circunstancias tan adversas. No sé si estamos preparados para dar ese salto.
 
Me interesaría mucho más buscar magistrados que sean honestos, consecuentes y no respondan a ningún interés político o corporativo.
 
 
Enrique Piñeyro
Médico, piloto aerocomercial, actor y cineasta
 
La Gaceta
26 de agosto de 2013

8/8/13

Roberto Iglesias (Argentina)

Tiene muchas falencias

Roberto Iglesias
Ex Gobernador de Mendoza

Extractos:

El juicio por jurado habría que discutirlo, porque tiene muchas falencias.

Enlace: Versión On Line

Roberto Iglesias
Ex Gobernador de Mendoza - Argentina
Candidato a Senador por el Partido Federal

Sitio Andino
8 de agosto de 2013

3/8/13

José Amado (Argentina)

Más preguntas que respuestas

José Amado
Periodista de Uno (Entre Ríos - Argentina)

Extractos:

Cuando un caso criminal nos conmueve, todos somos fiscales, defensores y jueces. Sabemos quién dice la verdad y sospechamos quién miente. Acusamos con rigor o reclamamos la inocencia y el beneficio de la duda. Analizamos las pruebas y dictamos un veredicto.

Hay quienes se dejan impresionar por el horror y condenan sin más; otros que desconfían de la honestidad de los investigadores y absuelven. “Mangeri asesinó a Ángeles”; “Le plantaron el ADN en las uñas”; “El padrastro algo tuvo que ver”. Pero siempre desde el sillón de casa, frente al televisor, y nunca cara a cara con el acusado.

Más preguntas que respuestas

Esta iniciativa encuentra entusiastas y detractores, resulta una amenaza a quienes hoy ejercen el Poder Judicial por tiempo indeterminado y sobre todo dispara muchos interrogantes.

¿Puede cualquiera decidir si alguien es culpable o inocente? ¿Qué diferencia hay entre un magistrado de extensa trayectoria con la vecina, el plomero, la maestra, el taxista, la médica, el desocupado o la empleada de comercio, respecto a que decidan si el acusado asesinó o no? Algunos sostienen que es necesario ser “letrado”, saber de leyes y Derecho para llegar a la verdad; otros consideran que todos tienen la idoneidad suficiente para observar las pruebas y establecer si el acusado cometió el delito. Luego, para determinar qué sanción penal debe cumplir, sí están los abogados que debatirán al respecto según la legislación.

¿Puede sentirse presionado por el clamor social y mediático un ciudadano que sea convocado para ser jurado? ¿Y corrompido para inclinar la balanza hacia un lado? En tal caso, ¿cuál es la diferencia con un juez? Después del juicio el vecino se vuelve a su casa sin nada que perder, mientras que el magistrado debe continuar en el cargo (muy bien remunerado).

En este punto se ven las hilachas judiciales cuando sobre casos similares se dictan sentencias diferentes: donde el reclamo social era por una condena, así fue la sentencia, pero donde el hecho pasó desapercibido otorgan por ejemplo una probation.

Condenados de antemano

Otra cuestión es acerca de los prejuicios sociales, raciales, de clase y de género que pueden nublar la visión de un jurado sobre las pruebas y los argumentos. Uno de los estereotipos sociales que mas rechazo genera en la sociedad hoy es el “pibe chorro”: gorra, pantalón ancho, zapatillas grandes y por lo general consumidor de drogas. Si lo condenan, es porque robó, mató o violó. Si lo absuelven (lo cual es mucho menos probable) es porque se buscó un buen abogado o porque las leyes protegen a los delincuentes. En este sentido, poner un jurado frente a un acusado con estas características sería un desafío.

La misma regla vale para las víctimas: Ángeles Rawson, asesinada en el centro porteño, tuvo la mayor cobertura mediática que se recuerde de un caso en la última década. La adolescente qom violada y asesinada en Chaco hace algunos días, apenas alcanzó algunos pantallazos en medios nacionales.

José Amado
Periodista
Artículo: Cualquiera podrá juzgar: harán simulacro de juicio por jurado
Redacción de UNO - Entre Ríos

www.unoentrerios.com.ar
3 de Agosto de 2013

19/7/13

Dr. Carlos Cortaza Vinueza (Ecuador)

Los juicios por jurados en Ecuador

Dr. Carlos Cortaza Vinueza
Guayaquil - Ecuador

Extractos:

En días pasados se escucharon propuestas de retomar el sistema del juicio por jurados en nuestro sistema judicial.

Cabe anotar que en los países con una mejor administración de justicia, los jurados han sido rechazados o dejados de lado, como los casos de Argentina y España, respectivamente.

Para que esta modalidad funcione debe existir un respeto irrestricto a la ley y al sistema, honradez y capacidad demostradas que dejen de lado sentimientos políticos, religiosos –y hasta morales en ciertos casos– para resolver un conflicto con el estricto apego a la ley y la razón; sin olvidar que los jurados deben ser aceptados o rechazados por las partes en litigio.

La idea nos hace pensar si nuestra sociedad está preparada o no de verdad para afrontar una responsabilidad así, en casos civiles, en temas penales de delitos o faltas, en asuntos de trabajo, paternidad o alimentos, entre otros.

El referente obligatorio histórico-institucional es nuestra administración de justicia, que con concursos y todo sufre de graves deficiencias que repercuten en la seguridad jurídica ecuatoriana, con ciertos jueces y fiscales incapaces de comprender, por ejemplo, el funcionamiento de temas como la omisión delictiva o la “comisión por omisión”, o la estructura del delito imprudente, o entender el principio del debido proceso y el derecho a la defensa; dando como resultado terribles injusticias y abusos.

¿Qué se puede exigir a los ciudadanos desconocedores de figuras legales como las antedichas si quienes obligatoriamente las deberían saber no tienen idea de su aplicación?

Cuidado sale peor el remedio que la enfermedad.

Enlace: Versión On Line

Dr. Carlos Cortaza Vinueza
Abogado
Santiago de Guayaquil
Ecuador

El Universo
19 de julio de 2013

Dra. María Sierra (España)

Bretón y el jurado popular

Dra. María Sierra
Santiago de Compostela - España

Extractos:

El jueves día once todos los programas matinales de televisión prolongaron su emisión a la espera de que se hiciese pública la tan esperada sentencia del caso Bretón. Sin embargo, cumplido a las 12 de la mañana el primer plazo de cuarenta y ocho horas, el jurado popular no tenía un veredicto.

Cinco votos se necesitan para declarar a José Bretón inocente y siete para condenarlo como culpable.

Cuando la opinión pública ya ha dictado la sentencia, siete mujeres y dos hombres en encuentran deliberando de modo meticuloso, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en una sala de la Audiencia Provincial de Córdoba, para alcanzar una respuesta motivada a las veintidós preguntas sobre las que tienen que informar siguiendo las instrucciones recibidas del Presidente del Tribunal al respecto de cómo realizar su función, mientras, el abogado del imputado se queja de que el jurado está contaminado por lo mediático que ha sido el caso y por la prácticamente imposibilidad de mantenerse al margen del juicio paralelo que se ha realizado por la sociedad.

En verdad que la Ley del Jurado y con ella el jurado popular existe en España desde 1995 en cumplimiento del mandato constitucional que reconocía a los ciudadanos el derecho a participar activamente en la impartición de la justicia, pero es igualmente cierto que existe poca experiencia práctica y a nadie se le escapa que existen, además, antecedentes en los que la presión al jurado popular determinó el veredicto final de algún proceso provocando graves errores en el juicio como en el caso Wanninkhof en el que una inocente fue condenada como culpable.

No cabe duda de que los Jueces también son humanos y, en ocasiones, también se equivocan, pero como yo reconozco que en el caso Bretón he dictado hace tiempo mi sentencia, no solamente no quisiera verme en la piel de ninguno de los miembros de este jurado sino que, si algún día cometo un delito, "virgencita" a mi que me juzgue un juez profesional...

Enlace: Versión On Line

Dra. María Sierra
Abogada
Santiago de Compostela
España

elCorreoGallego.es
19 de julio de 2013

12/7/13

Lola Clavero (España)

Condenar de nuevo a un inocente

Lola Clavero
Málaga - España

Extractos:

A Dolores Vázquez se le ha cambiado la cara. Ahora se llama Vicky Álvarez y es un amor de mujer con ojos de tortolilla. Si Dolores Vázquez hubiese sido tan fotogénica en la vida real como en esta miniserie, no la hubiesen condenado por la cara, que era de culpable atroz según se la podía ver en los medios, que le sacaron su peor perfil.

El jurado popular, ahora puesto en tela de juicio, por el caso José Bretón, falló en su fallo y condenó por unanimidad a una inocente sin mayores pruebas que las apariencias que, engañando, convencen a las masas a quienes nos puede más la carga emotiva de una imagen que mil palabras, si bien esa imagen nos llegue trucada.

Ya lo expresó Platón en su "mito de la caverna", de la realidad no percibimos sino sus sombras. Más ahora que la televisión de plasma emite en su pantalla imágenes en alta definición de una realidad plana; única. Todo, desde allí, parece tan real que se diría que lo fuese; la verdad, toda la verdad y nada más que la verdad.

Pero ni el objetivo es objetivo cuando enfoca a un sospechoso; a Dolores la hizo tan culpable antes como ahora a José Bretón. Tenía la culpa escrita en la cara como Bretón la tiene en esos ojos impávidos, incapaces del parpadeo, del temblor de la emoción y las lágrimas. Hay pruebas como puños de su crimen, dice la fiscal, pero ninguna tan contundente como esos ojos sin expresión ni empatía. Es lo que vemos, más allá de toda lógica, que la hay, como la había también en la presunta culpabilidad de Dolores Vázquez.

Aquella teoría que entonces parecía infalible contra Dolores, ahora lo parece contra Bretón, los dos casos tienen muchos puntos en común; la trama sentimental, la expectación mediática, la carga emotiva que llega a la máxima tensión en el juicio Bretón, al ser, precisamente, mujeres tanto la fiscal como la juez que instruye el caso ¿a qué mujer, más siendo madre, no se le calienta la sangre si ha de juzgar a un hombre con todas las trazas de haber matado a sus hijos? ¿Y a qué jurado popular se le puede pedir que delibere con frialdad ante tales circunstancias? ¿Qué fallaríamos nosotros mismos en el caso de ser ese mismo jurado?

La sombra del caso Dolores es alargada y este jurado popular debe temer a tropezar en la misma piedra y condenar de nuevo a un inocente.

Enlace: Versión On Line

Lola Clavero
Filóloga y Doctora en Literatura
Málaga - España

Blog: "Las malas lenguas"
Post: Qué ven mis ojos
12 de julio de 2013