7/11/19

Dr. Pablo Andrés Vírgala (Argentina)

Por qué soy anti “juradista”

Dr. Pablo Andrés Vírgala
Juez del Tribunal de Juicio
Paraná - Entre Ríos - Argentina

Extractos:

En primer lugar, veamos algunas de las razones esgrimidas para fundamentar el juicio por jurados.

Se ha dicho que los jurados no son permeables a los poderes públicos ni a las presiones mediáticas ni aún las pulsiones de la gente común, como sí lo serían los jueces profesionales.

Sinceramente, no sé de qué jueces se habla, pero en lo personal no voy a dejar pasar así, tan livianamente, una acusación semejante. No resuelvo pensando en el periodismo, ni en el qué dirá “la gente”, ni en lo que puedan decir las autoridades (las que podrían llegar a revisar mis fallos o las que podrían proponerme para un “ascenso”). Resuelvo analizando las pruebas que legítimamente se introducen al debate; analizando el derecho aplicable (todo ello mediante el método de la sana crítica racional) y elaboro, finalmente, mi fallo, exponiendo las razones que me llevaron a absolver o condenar a una persona.

De modo que en lo que a mí respecta, rechazo de plano tan liviana como genérica y demagógica “razón”.

Se afirma que el Poder Judicial está compuesto por personas que desconocen lo que le pasa al pueblo, que no sienten sus pulsiones, que no sufren sus dolores.

Es cierto que nuestras remuneraciones nos mantienen más o menos ajenos a los problemas cotidianos de la mayoría de los asalariados y desocupados del país, pero no es menos cierto que tenemos hijos, hermanos, padres y amigos que los padecen y sabemos bien de qué se trata, aunque apenas nos rocen. Empatía, que le dicen; contacto con la realidad, que le dicen; información permanente… que le dicen.

Se terminará con un Poder Judicial “elitista”, dicen. No sé de cuál Poder Judicial hablan. Éste, el que integro, está conformado por magistrados y funcionarios que pertenecemos a la clase media; somos hijos de comerciantes, de trabajadores de las más variadas actividades, de profesionales… en fin.

Se dice también que de esa forma se estaría cumpliendo con una manda constitucional que tiene más de doscientos años. Veamos: no tuvo doscientos años ininterrumpidos, de hecho, la Constitución de 1949 no lo incluyó en su articulado. Y, por otro lado, debe señalarse que el juicio por jurados está previsto en el artículo 118 de la Constitución Nacional (autoridades de la Nación), por lo que no integra el núcleo pétreo, detalle éste no menor.

Tampoco debe perderse de vista que tanto la organización de la justicia, como el dictado de los códigos de procedimiento, son facultades no delegadas por las provincias a la Nación, de modo que resulta al menos bastante discutible que la Constitución Nacional pueda obligar a las provincias a adoptar el sistema.

Pero la razón más fuerte que me lleva a rechazar el juicio por jurados se refiere a que los jurados no dan razón de sus decisiones. Éstas son secretas. Nadie, nunca, las conocerá.

Mientras que los jueces profesionales debemos fundamentar (y exhibir las razones) de nuestros fallos, los jurados decidirán, sin dar razones, acerca de la culpabilidad o no de una persona. Y si de referencias constitucionales hablamos, el artículo 65 de la carta magna provincial establece que “…los actos de autoridad, las sentencias judiciales y los actos administrativos, serán fundados suficientemente…”.

¡Y vaya si el veredicto de los jurados no es un acto de autoridad! Se trata de uno de los actos de autoridad más importante: se refiere a la libertad de las personas, tan luego.

Sin embargo, pese a que la Constitución Nacional no resulta de aplicación directa, de que ni siquiera es una “manda” que integre el núcleo pétreo, de que fue ignorado en la Constitución de 1949 y de que los jurados no darán ni exhibirán las razones de su veredicto, estamos más que contentos por el “avance democrático” en la justicia…

Pero, sin detenerme tampoco en cuestiones referidas a ciertas inconsistencias y lagunas que exhibe la ley recientemente sancionada (no es el objeto de este libelo), quiero señalar otras cuestiones importantes que sí me llevan a oponerme a este sistema.

Podría, siendo provocativo, decir que me opongo al juicio por jurados porque sí. Sin dar motivos… precisamente como lo harán los jurados. Y sí, si vamos a tolerar que se condene a una persona sin conocer los motivos, permítaseme entonces estar en contra del juicio por jurados porque sí…

Pero más allá de esa suerte de provocación (que no obstante es muy seria y quizás sea el principal argumento para repudiar al juicio por jurados), hay algunas otras razones que seguidamente enunciaré.

Con valentía –es cierto– el legislador ha dispuesto que el veredicto de no culpabilidad del jurado sea irrecurrible para la Fiscalía y para la querella particular. Pero hay un detalle…

Nosotros, los jueces “elitistas”, los que estamos alejados de la realidad, los que no sabemos qué les pasa y qué sienten nuestros vecinos pero damos y exponemos republicanamente los fundamentos de nuestros fallos, recibimos constantemente las críticas de “la gente” (y ni hablar de las víctimas), indignada con nuestras sentencias absolutorias, a pesar de que las fundamos y de que las mismas pueden ser recurridas por la Fiscalía y por la querella. Quisiera ver cómo van a reaccionar ahora, cuando adviertan que han absuelto al acusado, sin dar motivos y sin poder recurrir ese veredicto… quisiera saber entonces cuál de los dos sistemas (jueces profesionales o juicio por jurados) es más republicano y democrático…

En fin, y quizás en soledad, es que manifiesto mi rechazo al sistema de juicio por jurados… y dando las razones para ello, como lo hago al dictar sentencia. Sin apremios de nada ni de nadie.


Dr. Pablo Andrés Vírgala
Vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná

Juez entrerriano se opone al Juicio por Jurados y expone sus argumentos
Noticias

Elentrerios.com
7 de noviembre de 2019

18/9/19

Dr. Eduardo Quattropani (Argentina)

El garantismo cabalga sobre el sistema

Dr. Eduardo Quattropani
Fiscal General
Pcia. de San Juan - Argentina

Extractos:

Para una sentencia condenatoria la votación debe ser unánime y el juicio por jurado, optativo para el imputado. Es decir, que con un sólo miembro del jurado que no vote por condena, no hay condena. El garantismo cabalga sobre el sistema.

Es propio de un fundamentalismo garantista concentrado en pensar que el veredicto de culpabilidad requiera la unanimidad del jurado, es decir 12 votos sobre 12, no aceptando otra opción. En Neuquén, una de las provincias más adelantadas en juicios por jurados, hoy en día, exige 8 votos sobre 12 para todos los casos. San Juan exigirá 10 votos sobre 12 para perpetua.

Es bueno traerlo a alusión para poner a descubierto las posturas extremas. Para declarar la guerra, para destituir un presidente, un gobernador, para modificar la Constitución Nacional no hace falta la unanimidad. Con un votante que no esté de acuerdo, el jurado se estancaría. No debería ser así.

El juicio por jurados es una petulancia intelectual de ciertos sectores del derecho que no tienen apego a la realidad. Es atractivo y mediático, pero no mueven el amperímetro del reclamo de Justicia. Sólo digo que el Estado primero debe ocuparse de resolver la mayor cantidad de conflictos. 

Por un lado se promueven métodos alternativos de mediación, reparación, conciliación, juicios abreviados y, al mismo tiempo, como si sobraran recursos, se quiere avanzar en este sistema que es complicado y caro para la época

Enlace: Versión On Line 1 y 2


Dr. Eduardo Quattropani
Fiscal General de la Provincia de San Juan, Argentina

Dura respuesta del Fiscal General de San Juan a las críticas por el juicio por jurados
Por Redacción Tiempo de San Juan

Duro cuestionamiento interno a una reforma clave en la Justicia
Por Redacción Tiempo de San Juan

Diario "Tiempo de San Juan"
17 de septiembre de 2019

12/9/19

Javier Diez Villa (Argentina)

No sé si mejoraría el sistema judicial

Javier Diez Villa
Diputado
Salta - Argentina

Extractos:
 
No sé si mejoraría el sistema judicial. Va a necesitar un análisis muy profundo, donde intervenga seguramente la consulta a todos los actores del sistema judicial porque es un cambio muy importante en el paradigma de proceso penal en la etapa de juzgamiento. Si bien en la Constitución Nacional se definió el juicio por jurados, ya han pasado varias décadas, cientos de años, sin que esto se haya podido implementar.

Este sistema está vigente solamente en seis provincias y, por ese motivo, el proyecto de Ley que ingresa en la Cámara Baja requiere un análisis profundo. No sé si son los tiempos políticos e institucionales más aptos.

Enlace: Versión On Line


Javier Diez Villa
Presidente de la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados de la Provincia de Salta

No sé si los juicios por jurados mejorarían el sistema judicial
Reportaje

Salta 4400.com
11 de septiembre de 2019

Dr. Ricardo Víctor Cheli (Argentina)

Hay claroscuros en la modalidad
 
Dr. Ricardo Víctor Cheli
Abogado especialista en derecho público
Santa Rosa - La Pampa

Extractos:

El abogado Ricardo Víctor Cheli se manifestó en contra de la posibilidad de implementación de la modalidad de juicios por jurados en nuestra provincia y afirmó que hay «claroscuros» en la modalidad. La inquietud surgió luego de que en su edición del martes LA ARENA diera a conocer la postura del juez Néstor Daniel Ralli, quien se mostró a favor de la implementación de juicios por jurado en la provincia de La Pampa y afirmó que el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial está dispuesto a colaborar si se decide avanzar en ese sentido.

Hechos y derecho no se pueden separar a la hora de juzgar

Uno de los argumentos más utilizados por los promotores de los juicios por jurado, es que el jurado resuelve sobre hechos y el juez sobre derecho, razón por la cual los jurados no requerirían de conocimientos especializados. Sin embargo, se trata de una falsedad más en la carrera por implantar este retrógrado sistema de juzgamiento.

La selección de los hechos relevantes surge de las necesidades científico-jurídicas. Para saber qué hechos son relevantes a la hora del juzgamiento, se debe conocer la ciencia penal. Los hechos que importan son aquellos que abastecen los tipos penales.

Si se desconoce qué es la alevosía, tampoco se puede saber qué requisitos fácticos son relevantes para su configuración. Lo mismo ocurre con conceptos como ensañamiento, premeditación, violencia de género, dolo eventual.

Es imposible enseñar a los miembros del jurado en pocos minutos el significado de tales conceptos. El juicio penal por jurados es tan insensato como el diagnóstico médico por jurados. Quienes desconocen la ciencia médica o la ciencia penal, no saben dónde mirar.

El «sentido común»

Se atribuye a los juicios por jurados como virtud, que la decisión de ‘sentido común’ emana de un grupo de personas y que tienen más posibilidades de acercarse más a lo que es justo que la decisión de una o tres personas, como si los jueces carecieran de ambas cualidades, sentido común y de lo justo.

No hay que andar mucho para encontrar personas que, pregonando aplicar justicia por el sentido común, no piensan rectamente. El juzgamiento de las personas no es una actividad meramente emotiva, sino que es primordialmente intelectual.

No se trata de una cuestión de predisposición emotiva de la ciudadanía a participar o que en algunos casos juzgados por este sistema, las decisiones adoptadas no hubieren diferido de lo que deciden los jueces judiciales, porque si es así ¿Cuál sería el sentido de implementarlo, si tenemos un Poder judicial que funciona?».

Tal vez lo esencial sería, como se está haciendo, acercar al pueblo la Justicia, para que se conozca cómo opera este Poder del Gobierno del Estado y a su vez, hacer mucho más públicos los procesos donde la gente pueda asistir, ver y oír cómo funciona el servicio de justicia.

Inexperiencia

Mientras que la tendencia debería inclinarse por exigir más conocimientos a los jueces, la propuesta de jurados es exactamente la inversa: procurar la mayor inexperiencia posible y en relación a cada caso concreto.

Si hay pruebas periciales el tema se agrava, pues sólo un juez puede valorar la validez jurídica de un informe aunque no sea un experto en el tema peritado. El hecho de que se trate de ‘peritos’ hace que el jurado haga propio el dictamen que se les brinda, sin ningún espíritu crítico, cuando una de las funciones más importantes del juez es poner a prueba los conocimientos del perito para determinar cómo arriba a sus conclusiones.

Inoportuno

La implementación de esta modalidad en este contexto es inoportuna, debido a que se está ante una sociedad agrietada y dividida cuyas consecuencias se pueden trasladar a este tipo de proceso perturbando la administración de justicia, más aún si se tienen sus mayores costos en esta época de crisis.

Mientras que el verdadero problema de la justicia penal es el dilatado tiempo que insumen los procesos, el juicio por jurados lo único que aporta es una justicia más lenta e ineficiente.
 
 
Dr. Ricardo Víctor Cheli
Abogado - Especialista en Derecho Público
 
Hay claroscuros en la modalidad
Reportaje
 
La Arena
12 de septiembre de 2019

11/9/19

Silvia Varg (Argentina)

Sistema muy poco científico
 
Silvia Varg
Diputada
Salta - Argentina

Extractos:

No es bueno el proyecto porque es desplazar la responsabilidad del poder del Estado que es la administración de justicia, sobre todo en causas muy importantes, y poner la responsabilidad en la gente.

La implementación del mismo hoy está en discusión porque viene de vieja data. Esto lo toma Juan Bautista Alberdi de la Constitución de Estados Unidos, de la forma de administrar justicia en el siglo XIX, cuando ésta era muy poco científica y porque había un solo juez, elegido por el poder de turno, entonces para corregir eso los americanos implantan el juicio por jurado.

Nosotros estamos ahora en el siglo XXI y tenemos que priorizar los mecanismos institucionales y científicos por encima de un jurado popular que va a cargar con la responsabilidad de los fallos. Además no es cierto que van a ser más rápidos porque conseguir los 12 jurados, personas ecuánimes, no es muy sencillo.

El año anterior por problemas económicos no llegó a implementarse. Ahora que estamos en una crisis profunda resulta que sí se puede, en fin, creo sinceramente que esto tiene que ver con cuestiones más de tipo políticas del gobernador de turno que con una cuestión realmente necesaria para modificar los fallos.

Enlace: Versión On Line


Silvia Varg
Diputada provincial
 
Presupuesto y responsabilidad, las críticas a los juicios por jurados
El Tribuno

Salta - Argentina
11 de septiembre de 2019

Guillermo Martinelli (Argentina)

Es un retroceso
 
Guillermo Martinelli
Diputado salteño
Salta - Argentina

Extractos:
 
Es un retroceso, pero políticamente se lo hace ahora para trasladar la responsabilidad de un poder del Estado, que ha sido criticado, hacia el pueblo, para que lo que el diga sea absolutamente innegable, incuestionable, de ninguna manera modificable, entonces hay una actuación para desdibujar la responsabilidad del Poder Judicial.
 
 
Guillermo Martinelli
Diputado provincial
 
Presupuesto y responsabilidad, las críticas a los juicios por jurados
El Tribuno

Salta - Argentina
11 de septiembre de 2019

8/8/19

Dr. Marcelo Barrutía (Argentina)

El juicio por jurados tampoco es la panacea

Dr. Marcelo Barrutía
Ex juez de instrucción de Bariloche
Río Negro - Argentina

Extractos:

Se habla muchísimo del juicio por jurados, está instaurado y va a funcionar en cualquier momento con el primer caso que dé lugar a esto, pero convengamos una cosa, en el mundo está comprobado que el juicio por jurados tampoco es la panacea.

El pueblo no delibera ni gobierna sino a través de sus representantes, el gobierno en el sentido genérico de la palabra comprende los tres Poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. No es el pueblo el que participa directamente del Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

¿Qué es esto? Esto es una inteligente salida política para morigerar tanta presión y reclamos sociales. Entonces trasladamos al pueblo, al jurado popular, la responsabilidad última de dictar un veredicto: culpable o inocente.


Dr. Marcelo Barrutía
Juez de instrucción de Bariloche
Río Negro - Argentina

No siento ninguna satisfacción con las sentencias condenatorias que he dictado
Reportaje

El Expreso Periodístico de El Cordillerano Radio (93,7), programa conducido por Antonio Zidar
8 de agosto de 2019

22/7/19

Dra. Ana Clara Pauletti (Argentina)

El juicio por jurado es un sistema antiguo y costoso

Dra. Ana Clara Pauletti
Jueza de la Cámara Civil de Gualeguaychú
Entre Ríos - Argentina

Extractos:

No soy penalista pero en EE.UU., por ejemplo, también se aplica a los juicios civiles. He podido observarlos incluso. Contesto muy a título personal, fuera de toda representación institucional, y dejando a salvo el respeto que merece quienes piensan lo contrario. No soy partidaria del juicio por jurados. Creo que es un sistema costoso, antiguo, y que es el propio Poder Judicial con sus jueces profesionales, el que debe revertir los males que llevaron al actual descontento ciudadano.

Conocer la historia del juicio por jurados, me hace desestimarlo para el contexto actual. Los jueces tienen un alto nivel de preparación para resolver casos complejos, no creo haya que descargar en el ciudadano esa responsabilidad.

En términos constitucionales además, existe un deber de motivación de las sentencias, que los jurados legos no cumplen, pues solo pueden dar su veredicto culpable o inocente. Y no me cierran los argumentos con los que se trata de superar esa cuestión.


Dra. Ana Clara Pauletti
Jueza de la Cámara Civil de Gualeguaychú, Entre Ríos

El juicio por jurado es un sistema costoso, antiguo
Entrevista

Noticias Entre Ríos
22 de julio de 2019