22/8/14

Dr. Oscar Pedro Guillén (Argentina)

El juicio por jurados tiene demasiados hilos sueltos

Dr. Oscar Pedro Guillén
Abogado penalista salteño

Extractos:

¿Cuál es la garantía para que un ciudadano se sienta libre y sin presiones al juzgar a un criminal?

Ante la posibilidad de que se instituya en Salta el juicio por jurados, cabe señalar que nunca se ha aclarado por qué la alegada participación popular en los juicios penales no deba extenderse a todos los asuntos. ¿Por qué resultaría correcta y adecuada la integración de jurados populares en unos pocos delitos, no así en otros o en cuestiones civiles, de familia, comerciales o laborales?

¿No luciría más razonable la participación del pueblo mediante la elección popular de jueces? Si el pueblo soberano es quien debe resolver los conflictos sociales: ¿por qué admitir excepciones que expresan, a su vez, negaciones de la soberanía popular? Quedarían por explicar, además, los nuevos límites del principio de representatividad ―"el pueblo no delibera ni gobierna sino por medio de sus representantes"―, y su exclusión en otras funciones estatales. Dicho de otro modo: ¿por qué habríamos de prohibir al pueblo soberano una participación directa en las trascendentes misiones de legislar y administrar, y habilitarla solamente en la de juzgar?

Aceptando hipotéticamente que los jurados legitiman y perfeccionan los procesos penales desde un punto de vista político, ¿por qué se los inhibe de realizar preguntas a los participantes del juicio?, ¿no es esta una agresión al pueblo que representan?, ¿por qué su actuación se ciñe únicamente al fallo de culpabilidad?

Otro capítulo olvidado en el tópico en examen es el relativo a la actuación de los órganos acusadores, pues, cuando el Fiscal acusa ¿no lo hace acaso en nombre del pueblo y "de los intereses generales de la sociedad"? Entonces, ¿por qué no propugnar la participación del pueblo en este nivel o convenir en la popular de los fiscales?

Las fisuras de coherencia del sistema son demasiadas. Nadie ha cuestionado la calidad de los tribunales técnicos existentes (cuyos déficits de eficacia no dependen de su integración ―técnica o popular―), que dan fundamentos de sus fallos ―posibilitando recursos―, lo que no ocurre con el juicio "ciego" y arbitrario ―por no fundado― del jurado popular.

La iniciativa que asoma desde el Ministerio de Justicia no ha intentado abordar estos temas cruciales y es probable que el debate que se anuncia se limite a la participación de amigos, allegados u organismos públicos oficialistas que piensan lo mismo o se encuentran inhibidos de oponerse, precisamente por el oficialismo que profesan.


Dr. Oscar Pedro Guillén
Abogado penalista salteño

Diario El Tribuno
Ciudad de Salta
Argentina
22 de agosto de 2014

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