8/2/14

Dra. Ivana Dal Bianco (Argentina)

No se trata de una reforma democrática
 
Dra. Ivana Dal Bianco
 
Extractos:
 
En Neuquén a partir del 14 de Enero de 2014, entró en vigencia el nuevo Código Procesal Penal que trae como novedad la instauración del juicio por jurados populares. El nuevo Código afirma que ‘corresponde sea juzgado con jurados populares solo aquellos casos en que  se trate de: delitos contra las personas o la integridad sexual o cualquier otro delito cuyo resultado haya sido muerte o lesiones gravísimas, siempre que el Ministerio Publico Fiscal solicite una pena privativa de libertad superior a los 15 años’.
 
Es bueno pensar a la luz de esta reforma, si resulta un cambio progresivo o si en definitiva, como sospecho, es una forma de legitimar penas altas, en delitos que causan conmoción pues tocan los sentimientos populares, dejando para que juzguen jueces profesionales el resto de los delitos, e incluso los delitos de mayor impacto económico social como los de corrupción.
 
Ahora bien, cabe preguntarse ¿cuán democrático puede ser un jurado popular que existe solo para juzgar algunos delitos y que ya de antemano tienen impuesta una pena en expectativa de 15 años? En mi opinión, no se trata (ni puede serlo) de una reforma democrática. Esta apelación velada a los delitos que van acompañados de una fuerte carga emotiva para ser juzgados por ‘el pueblo’ oculta en verdad que el resultado de ello será la legitimación de penas más duras. Ello no otra cosa puede ser que un claro giro punitivista, al imponer sanciones altísimas, con la oculta intencionalidad de simular la participación popular, cuando tal participación, será al solo efecto de lograr castigos ostentosos.
 
 
Dra. Ivana Dal Bianco
Abogada del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (Ceprodh)
 
Fuera del Expediente
8 de febrero de 2014

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