27/1/13

Dr. León Arslanian (Argentina)

No estoy de acuerdo con el juicio por jurados
 
Dr. León Arslanian

Extractos:
 
Yo no estoy de acuerdo con el juicio por jurados. En la práctica es un procedimiento extraordinariamente costoso, lentifica notablemente el funcionamiento judicial y me parece que por la cantidad de filtros e impugnaciones por la que debería pasar un jurado antes de quedar medianamente constituido sería muy lento.
 
 
Periódico: Tiempo Argentino
27 de enero de 2013

Xavier Cendra (España)

Contra el jurado popular

Xavier Cendra
 
Extractos:
 
En una tradición jurídica como la europea, el Jurado Popular no es una conquista de un derecho por parte de los ciudadanos, como en los países anglosajones, sino una creación política.
 
A los padres de la Constitución española se les ocurrió la “magnífica” idea de dar rango constitucional a esta institución, ajena a la tradición judicial que procede del Derecho Romano (la nuestra) y enseguida se dieron cuenta del monumental error. Permaneció esa “patata caliente” durante algunas legislaturas sin contenido, por falta de desarrollo legislativo, hasta que al final hubo que ponerla en marcha. ¿Las consecuencias? Las previsibles: disparo del gasto en administración de justicia y sentencias estrambóticas.
 
Para más INRI, el legislador no se fijó en los sistemas de jurado popular vigentes en otros países de nuestro entorno (Francia, Italia, Portugal), que tienen un juzgado mixto, formado por ciudadanos que imponen la pena conjuntamente con un juez (escabinato).
 
Todo lo contrario. El legislador español se fija en EEUU, quizás influido por el cine de Hollywood, y perpetra una Ley del Jurado que nos “regala” lo que se llama un Jurado Puro Especial. Traducido: los ciudadanos, que no saben un pimiento de Derecho, aplican la Ley, en base a su íntima convicción. Es decir, que tienes cataratas y te opera un albañil. Así de simple y así de claro.
 
 
El blog de Segestión
27 de enero de 2012

22/1/13

Dr. César B. López Meyer (Argentina)

¿Quimera del juicio por jurado?

Dr. César B. López Meyer
Ex Juez Camarista de la Pcia. de Río Negro

Extractos:

La frase "no tengo pruebas, pero no tengo dudas", tal vez sacada de contexto, puede anidar en el ánimo de los jueces profesionales cuando votan algunas absoluciones pero, en nuestro sistema de sana crítica racional, la ausencia de pruebas suficientes para afirmar con certeza la responsabilidad penal del imputado equivale a la inocencia.

Por cierto que bajo ningún sistema debería condenarse sin pruebas, pero supongo que la frase sintetiza un sistema de valoración de pruebas que se denomina "íntima convicción", propio de los jurados populares anglosajones, caracterizado porque no exige fundar la decisión.

La Corte Suprema rechazó la validez de ese método frente al derecho internacional en materia de derechos humanos ("Casal" 22/6/06) porque entraña un serio riesgo de arbitrariedad e injusticia. La motivación del fallo permite un control más eficiente. Ahora bien, si es así con jueces profesionales, por qué sería diferente con jurados legos.

Estimo que hay que desmitificar el repetido argumento de que el juicio por jurados es una deuda incumplida por casi dos siglos ya que fue previsto en la Constitución de 1853. El derecho evoluciona, generalmente detrás de los cambios sociales, y para nada es determinante, a la hora de buscar las mejores soluciones actuales, lo que pensaron sobre esta "herramienta" técnica los distinguidos constituyentes en los albores de la patria.

La antigüedad de la idea no necesariamente la dota de contundencia y justificación actual, aunque en la nueva Constitución se haya conservado como un anhelo para el futuro. De hecho, que no se haya implementado en tanto tiempo debe obedecer a que otros muchos pensadores advirtieron sus inconvenientes. Aunque hay ideas que se van y vuelven, por el corsi e ricorsi en la historia del derecho, ésta en particular tendría escasa aplicación, pues muy pocos procesos llegan a resolverse por jurados.

La sociedad de nuestros tiempos no demanda precisamente este cambio en particular, que más bien parece instalado por una elite de ilustrados juristas que interpretan que es la mejor manera de hacer participar al pueblo en la administración de justicia penal.

Los reclamos de la gente se relacionan por lo general con la falta de eficacia del sistema para brindar soluciones oportunas y adecuadas, lo que suele exteriorizarse en las notorias demoras de los procesos y, en particular en el área penal, en la falta de esclarecimiento de los crímenes por defectos de la investigación, con la consecuente impunidad y "sensación" de inseguridad.

Las quejas se concentran en cómo se investiga, en cuánto se demora y en qué sucede con los delincuentes declarados culpables. Nada de eso va a cambiar necesariamente para mejor con el juicio por jurados. El problema de las deficientes investigaciones pasa por otros estadios y andariveles procesales, no por el debate y la sentencia.

El análisis y control de la tarea de esclarecimiento, que se efectúa en el debate oral y público, hoy se ve razonablemente satisfecho por la posibilidad de que la víctima se constituya en querellante, por la publicidad de las audiencias (que podría ser aún más amplia, salvo casos excepcionales) y por la motivación de los fallos que pueden ser revisados en una instancia de casación.

El derecho es una ciencia y quienes llegan a desempeñar cargos de jueces, que tienen la enorme responsabilidad de decidir sobre la libertad, la honra y el patrimonio de sus semejantes (en alguna medida hasta sobre la vida), no debieran ser improvisados.

La formación universitaria en una facultad de derecho proporciona conocimientos legales convenientes para juzgar, aunque la decisión se limite a los hechos históricos, y muchas veces esa formación es imprescindible para entender sutiles diferencias del intrincado comportamiento humano.

Los jurados populares se integran al azar y, aunque existe un procedimiento de selección, el mismo es relativamente superficial y rudimentario en comparación con las exigencias que prevé un concurso para la designación de un juez. Hoy, que la adolescencia suele extenderse muchos años, no parece ofrecer mayores garantías el juicio de personas que recién podrían estar completando su preparación para la vida adulta. No siempre es sencilla la aplicación de un método racional en la reconstrucción de un hecho pasado.

Y ni hablar del temor al que deberán sobreponerse los jurados, cuando vemos que es frecuente que los meros testigos muestren su renuencia a hablar en presencia de los imputados que consideran peligrosos (menos se animarían a condenarlos). O de la dificultad para encontrar personas que puedan ser imparciales cuando se trate de procesos muy trascendentes por hechos cometidos en la región donde viven (por cierto que los jueces también están expuestos a la sospecha en ese sentido, pero su profesionalidad es mayor garantía y el control es más preciso).

En definitiva, creo que los juicios por jurados serán más caros para el contribuyente, más engorrosos para la administración, tanto o más lentos que los actuales y racionalmente más inseguros para las víctimas, los victimarios reales o supuestos y para la sociedad en general, con respecto al acierto de los fallos, vale decir: a la realización de la justicia.

Enlace: Versión On Line

Dr. César B. López Meyer
Fiscal abril de 1978– noviembre de 1985 (Santa Cruz)
Agte. Fiscal del juzgado de Pto. Deseado de 1978 a 1985 (Santa Cruz)
Juez de instrucción y correccional de 1985 a 1988 (Río Negro)
Juez de cámara en lo criminal de 1988 a 2012 (Río Negro)
Jubilado en 2012.

www.rionegro.com.ar
23 de enero de 2013

18/1/13

Majarete (EE.UU.)

La experiencia de servir en un jurado judicial

Monumento a los héroes de la Restauración
Santiago de los Caballeros (República Dominicana)
Imagen de Perfil

Extractos:

Antes pensaba que sería interesante servir de jurado en una corte, en especial en casos complicados y delicados. Encontraba interesante saber como funciona la justicia y cómo los jurados hacen su papel en cada caso judicial.

Y precisamente conversé con una amiga que sirvió de jurado en una corte local. Ella me contó cómo fue su experiencia, claro sin entrar en detalles del caso. En sí ella quedó un tanto desilucionada en la forma en que trabajó el jurado y en la forma en que estaba compuesto.

En su caso escogieron a doce personas, entre las doce personas habia de diferentes capacidades. De gente de oficina hasta limpiadores de ventanas. Ya que para servir de jurado no se requiere ninguna preparación o conocimiento especial, pues se cae en la simpleza de que cualquiera de un momento a otro puede decidir sabiamente juzgar a otros y tener la potestad de absolverlo o mandarlo a la cárcel.

Ella me comentó que lo más dfícil es cuando están en pleno juicio, pues los abogados de ambos bandos tienen la intención de confundir al jurado y ponerlo de su lado. Así que a cada testigo que sube al estrado los abogados también tratan de confundirlo sobre lo que ellos vieron u oyeron del caso, haciéndole demasiado preguntas muy incisivas y que lo ponen en aprietos y en mucha tensión.

A veces los fiscales lo que buscan, más bien que hacer justicia, lo que procuran es terminar el caso y cerrarlo. Y para ello a veces quieren negociar con el acusado para rebajarle la pena, pero que se declare culpable, para de nuevo cerrar el caso, sin importar mucho si la persona en verdad cometió el hecho.

Ella se quejó de la falta de preparación de algunos que sirvieron de jurados. Algunos no toman nota del caso para usarlo cuando ellos estén deliberando. De tal forma que dejan escapar muchos detalles importantes que es bueno tener en cuenta a la hora de emitir un critierio u opinión del caso que esten deliberando.

En su caso a los jurados les tomó mucho tiempo llegar a una decisión, pues algunos de los jurados estaban confusos sobre las evidencias que se presentaron asi como los que dijeron los abogados. Y algunos dejaban ver sus prejuicios, otros se dejaban llevar por las impresiones que vieron que no siempre es como ambos abogados pretenden que sean.

En otras palabras que servir de jurado con personas muchas veces sin preparación, algunos con prejuicios y otros con incapacidad para saber quien está diciendo la verdad, es un desafíó, y en el cual a veces se termina con un amargo en la boca. Y eso es así porque si el jurado toma una decisión incorrecta, puede mandar a una persona inocente a pasarse treinta o veinte años en la cárcel.

Me parece que el jurado tiene una seria responsabilidad, ya que no es justo mandar a una persona inocente a pasarse cuarenta años en la cárcel o soltar a una persona culpable tan sólo porque un jurado se dejó confundir o no tuvo la capacidad de hacer una deliberación sabia y justa.

Después de saber todas estas cuestiones sobre la manera en se forma y trabaja un jurado, ya perdí el interés de servir en un jurado. No quiero tener un cargo de conciencia de que condené a un inocente o dejé libre a un asesino. Ahora les quiero preguntar a ustedes: ¿Ha servido de jurado en alguna ocasión? y ¿Opinan igual que mi amiga que me proporcionó la información que presenté aquí?


Blog Personal
Estados Unidos
Enero de 2013

9/1/13

Dr. Carlos A. Elbert (Argentina)

El juicio por jurado como nueva fuente laboral

Dr. Carlos A. Elbert

Extractos:

Mi punto de vista es este: prefiero que me juzgue un juez conservador a que lo haga un jurado. Ni hablemos si el delito tiene que ver con abuso de menores o algo por el estilo, acusación muy empleada en juicios de divorcio y otras divergencias afectivas por el estilo. El problema es que mi punto de vista no es "in". Hay toda una industria de la promoción del juicio por jurado, una auténtica "incumbencia especializada" que es una buena fuente laboral.

Dr. Carlos A. Elbert
Abogado, Doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales. Presidente del Club Humboldt de Argentina (asociación de ex becarios de la Fundación Alexander von Humboldt de Alemania). Doctor Honoris Causa de la Universidad Nacional de San Agustín, Arequipa, Perú, 2012.

* Correo electrónico que el Dr. Carlos A. Elbert ha tenido la gentileza de remitir al Dr. Carlos P. Pagliere (h.), en el cual resume su opinión sobre los juicios por jurado.

7/1/13

Dr. Horacio Minotti (Argentina)

No deben alentarse falsas expectativas

Dr. Horacio Minotti

Extractos:

El juicio por jurados no es aplicable a una gran cantidad de procesos que requieren un conocimiento técnico de la norma, que no puede exigirse a un jurado ajeno a la ciencia del derecho. Podrá determinar culpabilidad o inocencia frente a las probanzas de un proceso penal, pero no puede, bajo ningún concepto, determinar, por ejemplo, si determinada norma o acto jurídico se ajusta a las normas constitucionales.

Los jurados actúan siempre en primera instancia. Una resolución de un juicio por jurados, apelada por el condenado, necesariamente pasa por la revisión de un tribunal superior donde los jurados no juegan ningún rol. Del mismo modo si la causa llega luego a la Corte. Por ello alimentar expectativas desmesuradas en términos de “democratización” relacionada con el juicio por jurados es nocivo para el ciudadano que debe ser informado correctamente.

Enlace: Versión On Line

Dr. Horacio Minotti
Abogado constitucionalista. Coordinador de la Comisión de Derecho Electoral del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Autor del libro La fiesta de la oligocracia. Director ejecutivo de la Organización de Estudios Sociales y Políticos (OESYP). Miembro de la Mesa Coordinadora de Abogados en Propuesta Peronista (APROPE).

Publicación On Line: Infobae - Opinión
"La justicia no es “democratizable”
7 de enero de 2013.