29/1/18

Dr. Juan Pablo Fernández (Argentina)

El juicio por jurados es contrario al sistema republicano

Dr. Juan Pablo Fernández
Fiscal General - Bahía Blanca - Pcia. de Buenos Aires
Argentina

Extractos:

La implementación del sistema no implicó un avance en busca de justicia, sino todo lo contrario. Los juicios por jurados, como están reglamentados en la provincia de Buenos Aires, no son lo mejor ni mejoran el sistema. Se ha incorporado una institución que si bien está prevista por la constitución nacional, no se ha hecho un esfuerzo por compatibilizarla con otras normas que también se encuentran en ella y que constituyen derechos y garantías.

La falta de fundamentación de lo que resuelve el jurado, ya que el veredicto de culpabilidad o no culpabilidad carece de motivación alguna, lo que es contrario al régimen republicano de gobierno e impide la revisión del itinerario lógico seguido en la resolución, lo que también constituyen garantías constitucionales. El imputado y la victima tienen derecho a saber porqué se declara culpable o no culpable a una persona y eso no se cumple en la provincia de Buenos Aires. Así, lo decidido es absolutamente arbitrario y eso no es compatible con la Constitución.

El análisis tiene que ir más allá del número de condenas o absoluciones. Quien analiza esto solamente y pretende extraer conclusiones, en realidad, está haciendo propaganda. Para saber si sirve o no para mejorar las resoluciones tendríamos que tener motivaciones en torno a porqué se toman las decisiones que se toman, tanto para la culpabilidad como para absolver. Si no conocemos esas razones, no podemos saber si el sistema es bueno o malo.

Los juicios deben fundarse en la razón y no sólo en el número. Esto último podrá ser democrático, pero no indica que una mayoría tenga la razón en la decisión per se, ya que a lo mejor la puede tener la minoría. La conformación de una mayoría nada dice sobre la razonabilidad de la resolución. La razonabilidad te la dan, como no puede ser de otra manera, las razones, pero acá no están.

Hay grandes mitos que, en realidad, han sido construidos para poder “vender” un poco mejor esta herramienta. No estoy en contra de la participación popular en la construcción de las decisiones judiciales, aunque sí creo que el sistema que ha diseñado la provincia, tal como está, no es bueno y puede ser mejorado. 

Un sistema de jurados debe compatibilizar no sólo la manda constitucional de establecerlos, sino las demás mandas, como tener sentencias fundadas, no arbitrarias y que, incluso, permitan ser revisadas por organismos superiores de un modo amplio. Sí es compatible con la constitución un sistema como el cordobés, donde participan jueces letrados, los veredictos se fundan y la cuestión es muy distinta.

No están contemplados los derechos de las víctimas. Se las desatiende en aras de amparar al imputado frente al Estado, porque no tienen posibilidad de recurrir frente a un veredicto de no culpabilidad arbitrario e intrínsecamente injusto. Hay muchas cosas para mejorar en la provincia y a eso apunta mi crítica.

Tal como está organizado en la provincia, el sistema “tampoco es democrático. Por ejemplo, una minoría de 4 jurados por la no culpabilidad impone su decisión a una mayoría de 8 que se inclinaron por la culpabilidad. Entonces no se puede hablar allí de que el veredicto es democrático cuando se permite que una minoría, es decir un tercio, le imponga su voluntad a una mayoría que representa dos tercios. Esto incluso contraría normas constitucionales de la provincia que dicen que las resoluciones deben adoptarse por mayoría.

Los juicios no deben ser democráticos, deben ser justos y razonables. Y esto es lo importante. En realidad no sabemos si los juicios por jurados son justos o no, porque no dan razones. Cuando no se dan las razones de la decisión, sólo queda creer en ella como una cuestión de fe. Eso no resiste un análisis lógico, ni puede constituir un avance en el modo de resolución de los casos penales.

Creo que es inevitable una reforma legal del juicio por jurados. Hay cosas que están mal y otras que deben mejorarse dentro de un instituto en el cual se haga participar en las decisiones judiciales a la gente no letrada. Es positivo que participen, pero el tema es cómo lo hacen. No se trata de excluir la participación popular, por el contrario, creo que es importante que la gente conozca cómo se trabaja, pero debemos armonizarlo también con otros valores constitucionales, otros principios, derechos y garantías, y también con nuestro derecho penal.


Juicio por jurados: balance, opiniones y diferencias
Sección Ciudad

La Nueva - La Nueva Provincia
Bahía Blanca - Provincia de Buenos Aires
Argentina
29 de enero de 2018

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