22/2/15

Dr. Adolfo Rocha Campos (Argentina)

El juicio por jurados es un espejismo

Dr. Adolfo Rocha Campos
Ex juez del Juzgado Civil N° 1 de Azul

Extractos:

Quiero hacer algunas consideraciones sobre el artículo publicado el día 15 de febrero pasado sobre el juicio por jurados.

El juicio por jurados se sustenta en dos argumentos muy sencillos:

El primero es que el juez letrado forma parte de una corporación cerrada, auodefensiva, sin sensibilidad para los problemas sociales, con normas propias ajenas al sano instinto popular de la justicia. Esto proviene de estar contaminados por el perjudicial conocimiento del Derecho, que como el común de la gente sabe, es una disciplina para que lo bueno parezca malo y lo blanco parezca negro. En consecuencia, afuera los jueces que saben Derecho y vengan los que no saben Derecho como remiseros, médicos o mecánicos (sin faltar el respeto). Se llega al disparate de que en Chubut (donde también hay juicio por jurados) no pueden ser jurados los profesores de Derecho, aun cuando no tengan ninguna vinculación con el mundo de Tribunales. En consecuencia, el conocimiento del Derecho es perjudicial para la Justicia, que es como decir el conocimiento de la Medicina es perjudicial para la salud.

El otro argumento es que los jueces, que son electos a través de un mecanismo técnico (igual al de los concursos docentes de la Facultad) no representan al pueblo. Con lo que llegaríamos al disparate de que todos los presidentes que fueron electos por el Colegio Electoral (desde Mitre hasta Perón 1946) no eran representantes del pueblo.

Es bueno aclarar también que, en el juicio por jurados de la provincia de Buenos Aires, el dueño del proceso es el juez (que no puede intervenir ni preguntar durante el proceso y además no es parte del pueblo), ya que el juez tiene la facultad de anular el veredicto del jurado si estima que ha mensurado mal la prueba rendida. ¿Adónde queda la suprema intervención del pueblo por sobre la corporación profesional de los jueces? Además, y esto es sugestivo, el veredicto puede ser anulado sólo en caso de ser condenatorio. Es decir aun cuando se absuelva mediante una arbitraria interpretación de la prueba, el juez tiene las manos atadas. En cambio, cuando se condena, puede ejercer su facultad. Una prueba más de que todo el Derecho Penal está al servicio de los abogados defensores, que es curiosamente donde está la plata grande.

Dos acotaciones más. No veo la ventaja de que un fiscal o un defensor se deban transformar en un Federico Luppi en Tribunales para respaldar su argumentación. La administración de justicia no es una representación teatral. No lleguemos al absurdo del caso de un abogado defensor que en Azul se arrodilló delante del tribunal para pedir la absolución de su cliente

La otra es que no hay que confundir la realidad con el cine. El juicio por jurados en Estados Unidos es una institución que ellos tienen y que les funciona sólo en una pequeñísima porción de casos, ya que la inmensa mayoría de juicios se arreglan por acuerdo entre fiscalía y defensa. Y además, hay casos de veredictos de jurados que desataron verdaderas revoluciones (hace poco tiempo así ha ocurrido con un veredicto de jurado en un caso de homicidio por discriminación racial). Sin contar el famoso caso Rodney King, en el cual se absolvió a un policía acusado de apalear a un negro (había un video que mostraba la paliza). Este incidente desencadenó en Los Ángeles un auténtico motín con muertos y millones de dólares en daños, obligando a un nuevo juicio que (ahora sí) condenó a la policía. ¿Adónde queda en consecuencia la infalibilidad del jurado para captar en forma segura el sano instinto popular?

Creer en el jurado por lo que se ve en el cine es creer que en el Lejano Oeste en toda las peleas ganaba el bueno que siempre acertaba con un tiro (uno solo) en el corazón del malo. ¿Vieron que en las películas del Far West nunca hay un herido y mucho menos una agonía? Bueno, lo mismo pasa con el cine y el jurado en la realidad. El jurado siempre acierta. Pero es el cine, no en la realidad.

Resumiendo: El jurado es un espejismo en que se hace creer a la gente común (la que no sabe Derecho) que participa en la resolución de un caso. Es un espejismo, ya que su veredicto está sujeto a que le guste a un juez (que sí sabe Derecho) y cuya decisión es irrecurrible. ¿Dónde queda la soberanía popular y el infalible instinto popular para la Justicia?

Además, conviene pensar que la realidad está en la calle y no en el cine. Y hablando de cine, hay una película con Gene Hackman y Dustin Hoffman ("El jurado"/"Runaway Jury") donde se muestra descarnadamente cómo se manipula la conformación del jurado. Allí, Dustin Hoffman explica las ventajas de llevar una corbata manchada de mostaza, ya que ello impresiona favorablemente al jurado. Si esto es lo que nos espera, Dios nos guarde.


Dr. Adolfo Rocha Campos
Ex juez del Juzgado Civil N°1 de Azul
Profesor Honorario UNICEN

Es hacer creer a la gente común que participa en la resolución de un caso
Diario El Popular (Olavarría)
22 de febrero de 2015

2/2/15

Dr. César B. López Meyer (Argentina)

No tengo pruebas, pero no tengo dudas
 
Dr. César López Meyer
Ex juez de Cámara

Extractos:

Subjetivos convencimientos como el expresado en el título de esta nota ―que se reiteraron en los medios a raíz de la muerte dudosa del fiscal Nisman bien podrían decidir el voto de cualquier miembro del jurado popular previsto en el Código Procesal Penal publicado oficialmente en Río Negro al comenzar este año, que adoptó el sistema de la íntima convicción pese a que se contrapone al artículo 139 inciso 14 de la Constitución provincial.
 
La trascendencia de afirmaciones de esa naturaleza ante la opinión pública dependerá del prestigio de quien las exprese y de la credibilidad que logre por su capacidad de persuasión, pero en el ámbito judicial la intuición de raíz emocional no debería alcanzar para reemplazar a la razón explicada con sólidos fundamentos (la mayoría de los jueces reunidos en Roca el año pasado no avalamos el juicio por jurados populares).

Cuando se sancionó la Constitución de 1853 la movilidad la facilitaban los caballos, pero hoy la tracción a sangre está prohibida en casi todas la ciudades y rutas modernas. Según parece, la "herramienta" procesal del juicio por jurados tiene para muchos la misma vigencia que en aquella época, cuando fue incluida, sin mayor explicación de motivos, en la carta magna.

Ya he manifestado que, en mi opinión, la evolución parece exigir en el siglo XXI sentencias fundadas por expertos cuya motivación pueda ser controlada. En pocas palabras, una tarea científica que debería confiarse a profesionales cuidadosamente elegidos para tan delicadas funciones.

Administrar justicia es un acto de gobierno y en nuestra República el pueblo delibera y gobierna a través de sus representantes, quienes están facultados para instaurar sistemas de juzgamiento basados en la ciencia del Derecho que requieren rigurosa formación de sus operadores. Los veredictos sin expresión de razones dados por jurados sin formación jurídica constituyen un retroceso (aunque la tradición milenaria todavía los mantenga en muchas partes del mundo).

El proclamado éxito de la experiencia neuquina para entronizar la voluntad popular en ámbitos forenses parece haber encontrado un primer escollo serio pues, según la información de los medios, un tribunal de jueces profesionales anuló la voluntad popular precisamente porque el veredicto de culpabilidad no se ajustaría al estándar probatorio de duda razonable; vale decir, porque entendieron que las pruebas eran insuficientes y fueron mal valoradas por el jurado.

Puede suceder que otro tribunal anule esa resolución judicial en el futuro, pero de todos modos salta a la vista la confrontación entre la voluntad popular sin expresión de razones y la decisión jurídica con fundamentos controlables. Y queda en evidencia el interrogante sobre quién tenía razón, así como si valía la pena tanto despliegue para llegar a confrontaciones de esta naturaleza, con sus costos elevados en todo sentido.

Si, en definitiva, un tribunal de expertos puede revocar la decisión del jurado por irrazonable acá, en el derecho anglosajón o en cualquier confín del mundo, parece que sería más práctico confiar el juicio original a un solo experto que indique sus fundamentos para que los controlen otros tribunales superiores, ya que hoy ni siquiera se justificarían los tribunales colegiados de primera instancia (cámaras), que se implementaron con la instauración del juicio oral porque sus sentencias eran inapelables (sólo recurribles en casación por motivos de derecho, no de hecho, limitación que luego se dejó de lado).


Dr. César López Meyer
Ex juez de Cámara en Río Negro (Argentina)

rionegro.com.ar
2 de febrero de 2015