25/8/04

Dr. Mariano Cúneo Libarona (Argentina)

Juicio por jurados, una idea inconveniente

Dr. Mariano Cúneo Libarona

Extractos:
 
Si se instaurara el juicio por jurados propuesto por el Poder Ejecutivo para los delitos dolosos que causan muerte y para los delitos contra la administración pública, quedarán en riesgo de grave deterioro los intereses de la defensa social y de las garantías individuales.
 
Los miembros de un jurado podrán ser personas calificadas, sensibles, capacitadas para distinguir lo moral y lo inmoral, lo justo y lo injusto, pero es muy difícil que tengan conocimiento de las estrictas notas de acción, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad y punibilidad en derecho penal, sin cuya observancia los sentenciantes pueden caer en gruesas arbitrariedades.
 
Es difícil que los jurados por sorteo posean ideas claras sobre el orden normativo de disciplinas jurídicas (constitucional, civil, comercial, laboral, administrativo, fiscal) donde están constituidas las grandes ilicitudes que el Código Penal recoge para aplicarles sanciones retributivas.
 
Determinar cuándo el autor de un homicidio actuó bajo los efectos de un trastorno mental transitorio, que conduce a la absolución, y cuándo obró impulsado por un estado de emoción violenta, que no exime de pena, requiere en el juzgador conocimientos y experiencias especiales para ejercer correctamente el control de los dictámenes psiquiátricos que se produzcan. Ni qué hablar de un mínimo de nociones sobre sociología, biología y psicología criminal, útiles para la comprensión de las conductas humanas.
 
Muy difícil resultará para un jurado establecer hasta qué límites pueden alcanzar las causas de justificación, la obediencia debida, el legítimo ejercicio de un derecho, autoridad o cargo, legítima defensa, estado de necesidad en un homicidio producido en medio de un levantamiento armado, traición, sedición, actos de terrorismo.
 
Pero la mayor dificultad para el jurado, en estos casos, será de orden espiritual, si piensa que, tras su decisión, al regresar a casa, podrá sentirse como un perseguido por cualquiera durante el resto de sus días.
 
Cuesta imaginar a un grupo de doce legos encerrados en una sala de reuniones tratando de recordar el contenido de los documentos que les leyeron en la audiencia o de los paquetes de documentos que les entregaron para ejercer el control, por ejemplo, de conclusiones contables que imperiosamente deben analizar para evitar que los peritos se conviertan en jueces.
 
La malversación de caudales públicos, el enriquecimiento ilícito, las negociaciones con la hacienda pública ocultadas mediante falsedades instrumentales o disimuladas con ardidosos engaños no pueden ser esclarecidos por el respetable farmacéutico de la esquina. Otro tanto ocurre si lo enjuiciado son resoluciones u órdenes contrarias a la ley de un funcionario público o de un juez, cuando resulta delicado distinguir entre la imprudencia, la negligencia, el error y la ignorancia.
 
No es fácil descubrir que un testigo tímido y de pocas palabras es quien está diciendo la verdad, en tanto que otro, que declara con firmeza, es el que está mintiendo, ni es sencillo distinguir cuando los abogados educados en la ciencia y el arte de alegar verbalmente están haciendo valer ante el jurado simples conjeturas o sospechas como si fueran presunciones respaldadas por bases firmes.
 
Tampoco resultará fácil al jurado contemplar el estado de inferioridad que sufre el procesado cuando el defensor que pudo elegir es torpe, confuso, antipático o está dominado por los nervios. Más, en momentos en los que debe enfrentarse con un fiscal duro y avezado a quien respalda un querellante experto en la explotación de los sentimientos del jurado, con técnicas oratorias de sobrevaloración de las pruebas inculpatorias y desvalorización de las pruebas del descargo, sin que el tribunal pueda interrogar a testigos ni a peritos ni, mucho menos, mandar a producir pruebas no pedidas por las partes.
 
Los buenos jueces de carrera suelen formarse desde muy jóvenes autocombatiendo sus tendencias personales, con el fin de obrar con imparcialidad. Saben ellos que si no actúan así tendrán que responder en un juicio político. En tanto, los ocasionales integrantes de un jurado pueden carecer de aptitud para desprenderse de sus prejuicios y antipatías (a veces, subconscientes) de orden racial, religioso, político o cultural, sobre todo si saben que sus votos quedarán diluidos entre los de otros responsables.
 
Alguna duda tiene el proyectista –pensamos– sobre el riesgo que apareja la falta de idoneidad, pues, de no tenerla, no hubiera dispuesto un sistema de instrucciones del tribunal al jurado sobre "cuestiones técnicas relevantes" (artículo 31) ni hubiera pensado en la necesidad de organizar en todo el país cursos de capacitación para jurados (artículo 44), aunque, por otro lado, afirme, en la exposición de motivos, que para juzgar no se requieren conocimientos científicos y que basta con la conciencia práctica, la razón natural, el sentido común, la conciencia social o "la conciencia del pueblo".
 
Es un error, pues a lo que deben atenerse quienes juzgan es a la ley. Dejará el país de ser república el día en que los jueces crean que pueden resolver sobre la base de "sanos sentimientos del pueblo".
 
Los partidarios del proyecto argumentan que el juicio por jurados deviene del mandato constitucional del siglo XIX, cuando el nuestro era un país despoblado y con muy pocos abogados. Mas tal motivación (aun ratificada por la última convención constituyente) no es superior al valor de una tradición ni a la necesidad de recurrir a verdaderos peritos para responder a una criminalidad tecnificada y creciente.
 
Por lo demás, la discutible eficacia que tienen los juicios por jurados en los países anglosajones no es argumento válido, porque los argentinos tenemos pautas culturales muy distintas.
 
Nuestros actuales jueces de sentencia ya han hecho buena experiencia y lo único que reclaman es un mayor financiamiento del Poder Judicial, siempre desatendido por los poderes políticos.
 
Por otra parte, el sistema que se propone será lento. Exigirá padrones nacionales sujetos a discusión pública, sorteos de jurados a la vista, trámites de recusaciones a que podrán ser sometidos nueve hombres, incluso después de iniciado el debate. También será caro, pues no escaparán al presupuesto nacional la retribución, gastos, alojamientos, y, eventualmente, traslados de los nueve jurados ni las reconstrucciones o inspecciones oculares en el lugar de los hechos.
 
En fin: al margen de lo expuesto, resulta oportuno recordar que no hace bien a la república el dictado de leyes con criterio de oportunidad, utilidad y politicidad si se trata de normas fundamentales destinadas a regir para siempre.
 
 
Diario La Nación
Buenos Aires - República Argentina
25 de agosto de 2004

19/8/04

Federación Argentina de Colegios de Abogados (Argentina)

La FACA critica el proyecto de juicio por jurados

Federación Argentina de Colegios de Abogados

Extractos:

Dentro del documento elaborado recientemente por la Federación Argentina de Colegios de Abogados donde sienta su posición acerca del Plan Estratégico de Seguridad y Justicia se destaca el apartado referente a la justicia y especialmente al proyecto que pretende implementar el juicio por jurados al sistema penal.

Respecto al juicio por jurados, la Federación que nuclea a los Colegios de Abogados de todo el país admitió que “es una previsión y exigencia constitucional”. Sin embargo, según la FACA, el proyecto que propone su implementación debería ocuparse de esclarecer varios aspectos “para nada claros”.

El primero tiene que ver con la manera de solventar los jurados. Y esto “no refiere únicamente a los asientos físicos ni a los recursos de personal y elementos –de suyo muy costosos– con que se deberá dotarlos”, aclara la FACA, sino que también apunta a “en qué forma y medida se resarcirá a los jurados (aún cuando se lo declare carga pública, deberán solventarse sus gastos de alojamiento y estadía) y a cómo se asegurará el comparendo de testigos (o cómo se los compelerá a que lo hagan)”.

El segundo de los aspectos apunta a “cómo se logrará constituir el jurado”. “No se vislumbra cómo hoy en día, con el alcance de los medios de comunicación, será posible reunir 12 personas del lugar donde se cometió el hecho (art. 118 CN) que no hayan escuchado referencias del mismo antes del proceso, en particular si éste sistema se reserva a delitos graves (que tienen mayor resonancia periodística)”, sostuvo la FACA.

Teniendo en cuenta la composición de los jurados, la FACA resaltó que “es imprescindible que quien deba juzgar, no solamente conozca la normativa, sino la compleja trama del orden jurídico, como condición para que la sentencia sea la concreción de lo previsible según la pauta de objetividad de la ley, y no la incertidumbre derivada de la pura subjetividad de los juzgadores”.

Quienes apoyan la instauración de este sistema, coinciden en que el juicio por jurados legos, posibilita una mayor participación social en la administración de justicia. Sin embargo, para la FACA, “la sociedad masivamente considerada responde emocionalmente ante los casos impactantes, pero no tiene en lo concreto una definición participativa relevante. El interés público no es por lo común preponderante al momento de asumir cargas personales”.

En una visión sumamente crítica de la cuestión, la FACA consideró en este documento que “el juicio por jurados pone en crisis el principio de legalidad en materia procesal” ya que “inhabilita la posibilidad de revisión y deja neutralizado el sano principio preservado por la sanción de arbitrariedad o absurdo”.

En la misma línea, concluyó que la implantación del sistema “no consistiría en una reforma sino en una sustitución, de cuyos resultados no puede anticiparse con grado suficiente un mejoramiento sustancial que la justifique”. Y enumeró las múltiples dificultades que, a su entender, traería aparejado el juicio por jurados: que se encarguen de juzgar quienes carecen de una formación metódica sobre conceptos elementales como las presunciones y los indicios, la imputabilidad, la culpabilidad o el dolo, que desaparezcan las razones de las defensas técnicas y que cobre impulso la teatralidad inductiva de lo emocional, en desmedro de la racionalidad motivadora de la convicción fundada.

Por último, la FACA planteó que “el proyecto introduce un prejuicio discriminatorio, infundado y absurdo de inconstitucionalidad al excluir del listado de aquellos que podrán ser designados Jurado a los abogados, escribanos y procuradores matriculados”.

Enlace: Versión On Line

Diario Judicial
19 de agosto de 2004

12/8/04

Dr. Cosme Beccar Varela (Argentina)

El juicio por jurados no sirve
 
Dr. Cosme Beccar Varela
 
Extractos:
 
En el mundo el uso del juicio por jurados es limitado. La Revolución Francesa inició el juicio por jurados en la Europa continental y de allí se difundió a otros países que se guían por el sistema de ley codificada, pero sólo para juicios en lo criminal. En el siglo XX el juicio por jurados ha sido abandonado o eliminado en la mayor parte de los países de ley codificada. El juicio por jurados sobrevive primariamente en los países de common-law, sobre todo en los EE.UU. Pero aún allí y en Inglaterra, el juicio por jurados ha declinado en favor del juicio por juez.
 
Numerosos críticos urgen la reducción o la eliminación del juicio por jurados por ser un método para resolver asuntos legales poco profesional (amateurish) e ineficiente (The juror´s website, publicado por  The Jury Research Institute). Este informe del Jury Research Institute publicado en Internet es un buen resumen del estado actual del debate en torno al juicio por jurados. En síntesis, los países que aún lo aplican, han caído en la cuenta que el sistema ya no es confiable y han empezado a abandonarlo.

Tony Blair, primer ministro inglés, propuso su eliminación en el año 2000 para una serie de delitos alegando que los jurados son "suaves" con los criminales y que "el dinero que hoy se gasta en esos juicios es un lujo que se les regala y podría ser mejor usado si se contratara un mayor número de policías" (World Socialist Web Site). Los socialistas atacan a Blair por ese proyecto que, finalmente, no fué aprobado en el Parlamento.

Las citas transcriptas revelan que el juicio por jurados está muy lejos de ser la panacea para combatir el delito. Y está más lejos todavía de ser una garantía de imparcialidad. Por el contrario, en la era de la televisión y de la influencia de los medios masivos de comunicación, el juicio por jurados presenta problemas que me parecen insolubles.

1) ¿Qué ciudadanos serán elegidos para integrar un jurado? Si aplicaramos la lógica democrática de igualdad entre todos ellos, podría ser cualquier persona y resultaría de un sorteo sobre los nombres del padrón.

¡Guay de quien dijera que una persona de escasa preparación intelectual no puede ser jurado! Sería tachado de "elitista", "discriminador" y otras lindezas por el estilo. En principio, pues, la designación como jurado puede recaer en una persona que ignore los rudimentos más elementales de lo que es la ley o el principio de inocencia, el derecho de defensa, la sana crítica de las pruebas alegadas, etc. Y suponiendo que tuviera esas nociones, puede ocurrir que tenga prejuicios falsos sobre todas esas cosas derivados de alguna militancia ideológica.

Podría ocurrir que el jurado estuviera compuesto por ciudadanos que tengan esos defectos. En ese caso su imparcialidad sería más que dudosa. Podrían ser benévolos en exceso con un acusado de la "villa 31", por ejemplo, y duros en exceso con una acusado de buena posición económica o de una familia conocida o viceversa. Y en muchos casos, sin ser parciales, podrían cometer injusticias por simple ignorancia del concepto de "culpabilidad" o por no ser capaces de entender el valor de las pruebas rendidas o el significado de la falta de pruebas.

2) Suponiendo que pudiera elegirse un jurado que no tuviera ninguno de esos defectos, todavía hay una circunstancia que puede destruir la imparcialidad del jurado: los medios de difusión. Especialmente en los casos de gran resonancia, es notorio que la prensa se inmiscuye en los procesos exigiendo la condena o la absolución del acusado y no por los méritos de la causa sino por simpatía u odio ideológico, por interés comercial (obtener más difusión y con eso mayores ganancias) o por decisión de partido.

Los jurados ven televisión, oyen radio, leen diarios, ¿cómo evitar que se dejen guiar por ellos? Si el acusado es politically correct, la presión para que sea absuelto será enorme. Si ha incurrido en el odio de la prensa, los esfuerzos que haga la defensa para salvarlo serán inútiles. Todo el proceso pasará a ser una farsa.

Es cierto que los jueces también, y muy lamentablemente, están sometidos a la misma presión. Pero al menos un juez letrado, supuestamente está más preparado para juzgar con imparcialidad. Muchas veces eso no ocurre y es muy de lamentar si se dejan influir por la prensa. Baste ver la presión a la que está sometido el Juez Barroetaveña para que condene, con razón o sin ella, al marido de la pobre María Marta García Belsunce...

Lo mismo ocurre si el poder político está interesado en una condena o en una absolución. El jurado, simple ciudadano inerme, es sumamente "presionable". El juez también lo es, pero otra vez digo que
está mejor preparado, si es un buen juez, para resistir esas presiones.

Si lo que se desea es combatir el delito, como bien dice el artículo sobre el caso inglés citado más arriba, en vez de gastar plata (¡y en gran cantidad!) para montar el sistema de jurados, novedad absoluta en la Argentina, debe usársela para reforzar la policía, designar buenos jueces, pagarles debidamente y dotar de medios eficaces a los Juzgados para que puedan funcionar mejor. Los Juzgados en este momento, están atiborrados de trabajo y sus recursos son escasos sino ridículos. Y la policía está siendo desmantelada y desalentada por el poder político. Esto debe cesar si es que de verdad se quiere combatir la delincuencia.
 
 
Blog "La botella al mar" del Dr. Cosme Beccar Varela
12 de agosto de 2004