6/11/03

Dr. Ramón Sáez (España)

Sin motivación no hay posibilidad de control

Dr. Ramón Sáez Valcárcel

Extractos:

Vivimos en un mundo complejo que se estructura sobre la especialización de los conocimientos y la distribución del trabajo en función de la adquisición de ciertas técnicas.

El enjuiciamiento de los delitos tiene una técnica en la estructura y definición de los delitos y en la producción y valoración de las pruebas, en algunos casos muy elaborada. Por ejemplo, los criterios de utilización de la prueba de indicios o en la valoración del testimonio de la víctima. Resulta difícil divulgar o explicar a los jurados esos conocimientos en poco tiempo.

El caso Vázquez, en Málaga, es devastador. Los jurados no han podido resistir un juicio paralelo acometido por los medios de comunicación, desde la total irresponsabilidad, con métodos y técnicas canallas, a los que nos tienen acostumbrados. Tengo para mí, una vez que he conocido los indicios que sirvieron para la condena, que un tribunal profesional no habría dictado una sentencia condenatoria. Se trataba de resistirse a la innoble presión mediática y arrostrar una campaña de difamación por absolver a alguien que había sido condenada en el juicio de la prensa.

El jurado opera con un discurso emotivo, de ahí la dificultad que manifiesta para motivar sus decisiones, que resultan fácilmente manipulables por la opinión que se publica. El oficio, el conocimiento del medio, el manejo de unas técnicas de enjuiciamiento que pueden servir para amparar decisiones impopulares (la absolución de la acusada en el caso que comentamos).

La falta de la motivación es pura arbitrariedad: una cultura en la que vivían los tribunales españoles y que tanto ha costado su transformación. Es muy difícil que los jurados argumenten sus decisiones, y, sin embargo, sin motivación no hay posibilidad de control.
Dr. Ramón Sáez
Magistrado de lo Penal y ex miembro del Consejo General del Poder Judicial

La polémica sobre la institución del Jurado
Entrevista realizada por Manuel Llusia
Pensamiento Crítico
Málaga - España
(Página Abierta, 142-143, noviembre-diciembre de 2003)

24/10/03

Dra. Guadalupe Muñoz Álvarez (España)

Huida del jurado

Dra. Guadalupe Muñoz Álvarez
Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación

Extractos:

Las personas que van a formar el Jurado, después de prestar juramento o promesa, tienen que seguir el juicio oral, con la participación de la prueba que la Ley prevé para llegar a la elaboración del veredicto que terminará en la votación reflejada en el acta redactada por el secretario o un oficial que le auxilie, si lo autoriza el Magistrado-Presidente.

El veredicto no es pues una mera declaración de culpabilidad o inculpabilidad. Es mucho más, debe dar respuesta a las cuestiones que se proponen como materia de deliberación y objeto de decisión. Han de declarar probado o no probado el hecho justiciable que se haya determinado como tal, así como aquellos otros hechos que deban incluirse en su veredicto y no impliquen variación sustancial de aquél. Es decir, la declaración de culpabilidad o no-culpabilidd descansa en el convencimiento de los jurados acerca de la conducta del acusado que consideran probada y debe ser merecedora o no del reproche en el orden penal.

Para emitir esta importante resolución, que afecta a los bienes y a la libertad de las personas, los requisitos exigidos para ser miembros del Jurado son mínimos: tener dieciocho años, saber leer y escribir, no estar incapacitado física, psíquica o sensorialmente para el ejercicio de la función, es decir, se sustituye a un profesional técnicamente preparado por un lego en materia jurídica, de corta edad, que no tiene estudios y ha de resolver con método analítico los complicados problemas que el Derecho requiere. Con tan poco bagaje deciden sobre graves delitos.

En nuestro país, a causa de varios veredictos erróneos que se han aireado quizá excesivamente, no parece haber demasiada simpatía social por el Jurado puro. Por ello muchos son los juristas que propugnan la figura del escabinado o jurado mixto, formado por ciudadanos y jueces que evitaría seguramente «la soledad que deben sentir los miembros del Jurado cuando hayan de explicar las razones en que han fundado su decisión».

El Consejo General del Poder Judicial publicó un informe en mayo de 1998 sobre la experiencia del Jurado. En él se decía que en más de la mitad de las causas examinadas hasta ese momento, la motivación de las decisiones del Tribunal del Jurado era, en realidad, inexistente o cuando menos, manifiestamente insuficiente y se hablaba de una «huida del Jurado» que se hace patente en los acuerdos de «conformidad de las partes» y la proliferación de los recursos presentados. Buscan con ello los encausados quedar extramuros de la lista de delitos sobre los que el Jurado tiene competencia. Es decir, los justiciables, en general, prefieren un tribunal de especialistas.

Enlace: Versión On Line

Dra. Guadalupe Muñoz Álvarez
Academia de Jurisprudencia y Legislación

Diario ABC - España
¿Jurado o magistrados profesionales?
24 de octubre de 2003

1/10/03

Dr. Bernardo Del Rosal y Blasco (España)

Reflexiones sobre la justicia y el jurado

Bernardo Del Rosal y Blasco

Extractos:

La exculpación de Dolores Vázquez por los cargos judiciales que pesaban sobre ella como presunta autora del asesinato de Rocío Wanninkhof ha suscitado, una vez más, el debate sobre la validez del sistema de juicio por jurados en nuestro Derecho.

Desde su implantación formal en España, que data de la ley de imprenta de 1820, el jurado ha sido una institución permanentemente sometida a controversia. En nuestra historia legal y constitucional, su defensa ha estado siempre asociada al pensamiento liberal o progresista y su detracción a posiciones conservadoras o autoritarias, de modo que unos y otros hacían bandera de ello y procedían a su proclamación legal o a su derogación tan pronto ocupaban el poder.

Al convertirse el jurado en objeto central de apasionados debates políticos, la discusión en torno a su validez como pieza fundamental del sistema de justicia criminal muy pocas veces ha discurrido por el terreno de lo racional. Si uno repasa las hemerotecas y los diarios de sesiones de las Cortes, pocas veces, defensores o detractores, han utilizado argumentos que tengan que ver con una serena observación de la realidad.

Muchas de las cosas que hoy se escuchan de la boca de jueces, fiscales, abogados, juristas, periodistas o analistas políticos se escucharon, casi de forma idéntica, hace más de 70 años cuando, en 1926, se puso de manifiesto el error judicial cometido en el "caso Grimaldos", más conocido como "Crimen de Cuenca"

Asociar la defensa del jurado al pensamiento progresista y viceversa es errático. Porque igual que, en su momento, el ilustre penalista Luis Jiménez de Asúa pudo decir que el error del "caso Grimaldos" había que atribuirlo al apasionamiento de un pueblo vengativo y a los tormentos empleados para el logro de la confesión de los inocentes, hoy, en términos no muy diferentes, debemos decir que el error en el caso Vázquez hay que atribuirlo al apasionamiento de una opinión pública vengativa y a la enorme presión ejercida sobre los investigadores policiales y judiciales para convertir en pruebas lo que no eran tales.

Pero no es cierto que el pensamiento progresista siempre haya defendido la existencia del jurado. Jiménez de Asúa, político y catedrático de Derecho Penal de profundas convicciones republicanas y democráticas, diputado socialista en la II República española, presidente de las Cortes republicanas en el exilio e incansable opositor a regímenes dictatoriales en España (Primo de Rivera y Franco) y Argentina (Onganía), se manifestó, en no pocas ocasiones, en contra del jurado, institución a la que consideraba no defendible a la vista de la evolución de las concepciones jurídicas y de la necesidad de la existencia, en las sociedades modernas, de una justicia más técnica y basada en un análisis lógico de los indicios y las pruebas.

Hay que reconocer que el jurado es una institución que se adapta mejor a la Justicia de una sociedad más primaria, menos compleja que la actual, de ahí que su importancia en los sistemas judiciales, por ejemplo, del Reino Unido o de Estados Unidos sea mucho menor de lo que la televisión nos puede hacer creer, hasta el punto de que el jurado es una institución en cierto retroceso.


Dr. Bernardo Del Rosal y Blasco
Catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Alicante y Síndico de Greuges de la Comunidad Valenciana.

El País - España
1 de octubre de 2003

30/9/03

Enrique Arrieta Silva (México)

El jurado popular en México

Dr. Enrique Arrieta Silva

Extractos:

En resumidas cuentas: ¿será recomendable o no el jurado popular a la altura de nuestros tiempos? Pienso que no. El jurado popular podrá ser todo lo democrático que se piense y que se quiera, en cuanto participan elementos del pueblo en la administración de justicia y en cuanto el enjuiciado es juzgado por sus pares o iguales, pero no es muy jurídico por la sencilla razón de que quienes integran el jurado no tienen conocimientos jurídicos para poder apreciar las pruebas y los argumentos sobre la culpabilidad o inocencia del sometido a juicio, pues para ello no basta el sentido común, que además como dicho está no es muy común, sino que hacen falta largos años de estudio y entrenamiento en escuela y facultades de Derecho, así como en el gabinete profesional y tribunales.

Al jurado popular bien se le puede decir lo que le dijo Eduardo Coke, Justicia Mayor del reino a Jacobo I, rey de Inglaterra, quien pretendía poder juzgar personalmente en cualquier causa, porque consideraba que la ley se basaba en la razón y él poseía tanta razón como los jueces: “Los casos que atañen a la vida, a la herencia, a los bienes o al bienestar de los súbditos de su Majestad... no pueden decidirse por la razón natural sino por la razón artificial y el juicio de la ley, la cual es un arte que requiere largo estudio y experiencia, antes que un individuo pueda llegar a conocerla a fondo”. (Felipe Tena Ramírez, Derecho Constitucional Mexicano, Editorial Porrúa, 1996, página 214).


Enrique Arrieta Silva
Ensayista y narrador.
Estudió derecho en la Universidad Juárez del Estado de Durango y obtuvo el doctorado en la UNAM. Director técnico y fundador de la Revista de la Facultad de Derecho y de la Revista del Supremo Tribunal de Justicia.

Publicación: El Siglo de Durango
30 de septiembre de 2003

24/9/03

Libertad Digital (España)

Jurados, jueces, prejuicios y juicios paralelos

Libertad Digital.es
 
Extractos:
 
Las pruebas de ADN y la confesión de Tony Alexander King han permitido corroborar lo que, desde el principio, ya advirtieron numerosos profesionales de la justicia y en su día denunciaron reputados columnistas: que en el proceso por el que se condenó a Dolores Vázquez por el asesinato de Rocío Wanninkhof se descuidó la más fundamental de las garantías procesales recogida expresamente en la Constitución; esto es, la presunción de inocencia.

Suele decirse que el juez profesional busca la justicia y que el jurado busca un culpable. En esta ocasión, los jurados y el fiscal no estuvieron a la altura de la grave responsabilidad que tenían entre manos. El fiscal se dedicó descalificar a la acusada por su “mal carácter” y por su condición de “gallega”; y, a falta de pruebas concluyentes, basó su interrogatorio en los pormenores de la relación sexual de Vázquez con la madre de la víctima, para “calentar” el ambiente.

Los miembros del jurado, además, ya estaban suficientemente “concienciados”. En primer lugar, por el mantenimiento en prisión provisional de la acusada, que probablemente les produjo la impresión de que los profesionales de la justicia ya habían emitido su veredicto. En segundo lugar, por cierta prensa visceral –unas veces, del corazón; otras, del hígado; y las más, de las gónadas– que ya juzgó y condenó a Dolores Vázquez varios meses antes del juicio aireando constantemente declaraciones de Alicia Hornos, la madre de Rocío Wanninkhof, quien llegó a hacer apología del linchamiento diciendo que, si liberaban a su ex compañera sentimental, la mataría a mordiscos o la apedrearía en compañía de otras madres. En tercer lugar, naturalmente, por la presión social. Y en último lugar, quizá, por sus propios prejuicios homófobos en contra de Dolores Vázquez, sabiamente explotados por el fiscal, el actor de este drama que mejor supo “adaptarse” a las características de un juicio con jurado.

Así lo creyó el TSJ de Andalucía y lo confirmó después el Tribunal Supremo, que había fijado como fecha para la repetición del juicio el próximo 14 de octubre antes de que se descubriera que fue King quien asesinó a Sonia Caravantes y a Rocío Wanninkhof. Quizá también pesaron en el ánimo del juez de la Audiencia Provincial de Málaga tanto la presión social como el arriesgarse a soportar críticas –del PSOE, que amenazó con no firmar el Pacto por la Justicia que acaba de abandonar si se removía una sola coma de la Ley del Jurado– por enmendar la “voluntad popular”.

Así, la experiencia de este caso, junto a la del asesino del ertzaina, pone en tela de juicio una vez más la institución del jurado. Salvo Jueces por la Democracia –la asociación a la que pertenecía Belloch, impulsor de la Ley del Jurado–, la mayoría de los jueces y de los juristas está en contra de una institución con nula tradición en nuestro país, donde los juicios paralelos y los linchamientos mediáticos son, por desgracia, moneda corriente.
 
Mejor sería olvidarse del “invento” del jurado y dejar a los profesionales del derecho ocuparse de dirimir la inocencia o la culpabilidad de los reos. En primer lugar, por su experiencia, y en segundo lugar, por el aprecio una profesión que tiene como lema el preferir que un delincuente ande suelto antes que un culpable pague por el crimen que no ha cometido.

Enlace: Versión On Line
 
Libertad Digital
España
24 de septiembre de 2003

10/8/03

Dra. María Asunción Moreno (Nicaragua)

Desaparecer los jurados

Dra. María Asunción Moreno

Extractos:

La jurista María Asunción Moreno, directora general de Postgrados y Maestrías de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la Universidad Centroamericana (UCA), es del criterio que la figura del jurado debe desaparecer

Moreno se declara abiertamente anti-jurado bajo el argumento de que es una institución “viciada, sensible y fácilmente manipulable”.

“No comparto la participación del ciudadano en la administración de justicia, porque cuando se juzga a una persona, todo penalista sabe que lo hace en base a la ley y ciertas reglas que establece el procedimiento, y esto no lo conoce el jurado. ¿Cómo valorar una prueba?, (el jurado) no sabe cómo hacerlo”, expresó Moreno.


La catedrática critica fuertemente el hecho de que la ley le exige al abogado (acusador y defensor), tomar en cuenta normas técnicas y requisitos legales “para armar un procedimiento”; mientras que al jurado le dicen que se olvide de todo ese trabajo legal y de lo que dice la ley, y dejan que los miembros del jurado decidan conforme “a su conciencia”.

“La conciencia, por los resultados que tenemos, ya sabemos que es bastante manipulable y sensible, de tal forma que (el jurado de conciencia) rompe con el esquema de la legalidad”, opina.

Para Moreno, la figura del jurado de conciencia es una de las instituciones “que contribuyen a que la imagen de la justicia no sea tan buena”.

Para Moreno este sistema es tan vulnerable que con el Código de Instrucción Criminal (In), recuerda que un vecino suyo fue electo miembro de jurado tres veces en una misma semana, lo que la hace dudar de la efectividad de la elección de los jurados.

“Yo le llamaba el jurado profesional. ¿Cómo salía (electo)?, no sé. Tenía mucha suerte o el sistema estaba malo. Se ganó 100 pesitos en cada uno”, expresó.


Dra. María Asunción Moreno
Directora de Posgrados y Maestrías de la Facultad de ciencias jurídicas de la UCA (Universidad Centro Americana)

Diario La Prensa de Nicaragua
Desaparecer los jurados
10 de agosto de 2003

30/7/03

Dra. Alejandra G. Belmartino (Argentina)

Jurados, no
 
 Carta de Lectores:
 
Sr. Director:
 
Disiento con el doctor Wortman Jofre. El juicio por jurados requiere un nivel cultural y una formación cívica media, de los que indudablemente carecemos. En las presentes circunstancias se convertiría en un elemento más de la corruptela generalizada.
 
No parece ser la institución adecuada para pueblos cuyos gobernantes han vulnerado la garantía de propiedad y cuyo Poder Judicial, en muchos casos, deniega la vía excepcional (amparo) frente a la excepcionalidad del desapoderamiento sufrido por los particulares.
 
 
Dra. Alejandra G. Beimartino
Abogada
DNI 6.719.258
 
Nota de Lectores
Diario La Nación
Buenos Aires - Argentina
30 de julio de 2003

9/5/03

Dr. Sergio Cuarezma (Nicaragua)

Esa figura debe desaparecer

Dr. Sergio Cuarezma

Extractos:

Dejar en manos de un jurado de conciencia la decisión de quién es o no culpable, es calificada como una grave contradicción, tomando en cuenta que su veredicto no está sujeto a las evidencias que dentro de un proceso judicial son aportadas, en consecuencia esa figura debe desaparecer, a juicio del catedrático de Derecho Penal y Criminología, Sergio Cuarezma.

Es una labor seria y delicada, similar a la operación que hace un cardiólogo, no la puede hacer cualquier médico, mucho menos una persona que no lo sea. La persona tiene derecho a una justicia de calidad, impartida por un juez, no a una justicia de ‘sorteo’, como la lotería, que el jurado imparte.

Además de no valorar los medios de prueba, generalmente los veredictos son emotivos, responden a la afectividad o sentimientos sociales, políticos y culturales de cada miembro.

Enlace: Versión On Line

Dr. Sergio Cuarezma
Catedrático de Derecho Penal y Criminología
Nicaragua

Publicación: La Prensa - Nicaragua
Por: Mirna Velásquez, Luis Felipe Palacios y Ary Neil Pantoja
9 de mayo de 2003