29/7/16

Dr. Juan Pablo Balderrama (Argentina)

Las víctimas sin recurso ante el jurado popular

Dr. Juan Pablo Balderrama
Neuquén - Argentina

Extractos:

La otra cuestión que entiendo controvertida en el sistema Neuquino, es aquella que se vincula con la imposibilidad que tiene la víctima de impugnar las decisiones que se adopten en los casos que se resuelvan por la modalidad de Tribunales de juicio por jurados populares. La norma procesal deja en claro que no hay recurso alguno contra las sentencias absolutorias (no culpable) que se decidan en juicios por jurados populares.

Es decir que la víctima no tiene la posibilidad de impugnar una decisión definitiva en un proceso en el que se resuelve en forma contraria a sus intereses cuando esta conclusión se lleva a cabo ante un Tribunal de jurados populares, limitación que entiendo resulta contraria tanto a los principios emanados por el sistema interamericano de derechos humanos, como por la propia CSJN.

Enlace: Versión On Line

Dr. Juan Pablo Balderrama
Ex fiscal y actual Juez penal de la IV Circunscripción con asiento en Villa La Angostura (Neuquén, Argentina)
Entre los años 2007 a 2010 se desempeñó como Docente en la Universidad de FASTA, sede Bariloche, en las cátedras de “Derecho Penal II - Parte General” y “Jefe de Trabajos Prácticos en Derecho Penal”.
Ha publicado los siguientes artículos:
-Autor de “Dilema de la Pena de Inhabilitación y la Suspensión del Juicio a Prueba”.
-Coautor de “La Reforma del Artículo 96 ter del C.P.P. neuquino y el nuevo rol del Ministerio”.
-Coautor de “Homicidio o instigación al suicidio”.

Apuntes legales: La “víctima” en el proceso penal de Neuquén
Opinión

Diario Andino Digital
29 de julio de 2016

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